Los cálculos sobre el impacto de la pandemia en el sector empresarial han encendido las alarmas. La Superintendencia de Sociedades advirtió que “los efectos macroeconómicos y microeconómicos de la coyuntura del virus covid-19 podrían contraer la economía a tal punto que el inventario de procesos de insolvencia aumentaría entre 4.280 procesos a 5.376”.

Marcas emblemáticas ya han tenido que acogerse a mecanismos de insolvencia –Ley 1116– y a los decretos nuevos –como el 560– que expidió el Gobierno para este tipo de procesos. Con este nuevo decreto hizo cambios frente al régimen actual para hacer un proceso más expedito y menos formal, con nuevos mecanismos de alivios financieros, facilitar la financiación y desarrollar mecanismos de negociaciones extrajudiciales entre las empresas y sus acreedores.

Esta área de práctica tendrá mayor relevancia en los próximos meses dentro del sector legal. Será clave para tratar de salvar a las compañías y sus empleos y evitar la destrucción del tejido empresarial, que pasa por distintos escenarios, como los acuerdos privados, la insolvencia transfronteriza y la posibilidad de la llegada de fondos de capital.

Hay decenas de iniciativas privadas para lograr acuerdos con acreedores, antes de llegar a instancias legales. “Hay una cantidad de reestructuraciones privadas porque los empresarios se han dedicado a negociar con los empleados, con los bancos, con los arrendadores y a tratar de adelantar sus pagos de devoluciones de impuestos. Muchos empresarios en vez de irse a un escenario litigioso, que es una lotería, están reestructurando sus operaciones en la medida en que sean viables”, dice Ricardo Fandiño, socio de Gómez Pinzón.

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Además, un alto nivel de insolvencias o liquidaciones puede afectar los márgenes de solvencia de los bancos. Por eso es posible que el sector financiero flexibilice políticas para renegociar la deuda de empresas en dificultades.

El segundo gran tema alrededor de las insolvencias tiene que ver con la insolvencia transfronteriza, especialmente con empresas que operan no solo en Colombia sino en otros mercados donde también tienen acreedores. Estas empresas se acogen a mecanismos como el Capítulo 11 de Estados Unidos, como en el caso de Avianca y Latam. Esto funciona siempre y cuando los países donde operan, como Colombia, tengan la posibilidad jurídica de reconocer esos procesos adelantados en el extranjero.

Según Ricardo Trejos y Claudia Benavides, de Baker McKenzie, tenemos instrumentos transfronterizos. El Capitulo 11 lanza una gran red sobre los acreedores para que ellos queden sujetos a las reglas de esa ley, sin perjuicio de buscar protecciones paralelas en Colombia. Los analistas agregan que esos instrumentos legales, previstos mediante leyes de insolvencia aplicadas en varios lugares, permiten precisamente coordinar procedimientos y hacer efectivas las decisiones en múltiples jurisdicciones. Es claro que el impacto económico no solamente se presenta en una jurisdicción sino que la trasciende y para esos efectos hay normas que permiten esa coordinación transfronteriza.

Y, finalmente, hay un cambio en materia legal en los procesos de insolvencia que busca preservar la unidad productiva y salvar la empresa, lo que no necesariamente significa salvar a los dueños o accionistas.

"Uno de los hechos relevantes es la aparición de los fondos especializados en activos en insolvencia", dice Sergio Michelsen, socio de Brigard Urrutia.

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La nueva norma pone incentivos para que lleguen nuevos inversionistas con recursos frescos, pero ahora tendrán una prioridad respecto de bienes de la empresa ya constituidos en garantía a favor de otro acreedor. Aquí vendrán debates jurídicos sobre la protección a acreedores anteriores. Sin embargo, para estos la posibilidad de que lleguen recursos frescos y le den viabilidad a la empresa en el mediano y largo plazo, podría también poner a salvo sus propias acreencias.

La gran pregunta es la profundidad del mercado y los mecanismos de salida para este tipo de fondos especializados en compañías en crisis. Estos buscan darle la vuelta a la compañía, invertir y que alguien en el futuro compre. El reto es avanzar en el desarrollo del mercado de capitales para crear una nueva dinámica y hacer las inversiones en medio del estrés financiero de manera estructurada.“Desafortunadamente, durante mucho tiempo el régimen de insolvencia ha sido entendido como la “ley de quiebra” y ello ha impedido percibirla como un mecanismo de salvamento. De lograrse la culminación del proceso, y en la medida en que sea manejado adecuadamente, lo que se obtiene es una reacción de beneficio en cadena, que asegura la preservación de los intereses de todos los involucrados. El mayor y mejor entendimiento de estos procesos y su implementación responsable puede resultar en que la crisis empresarial tenga un impacto menor o, incluso, pueda prevenirse a tiempo”, puntualiza Alba Malagón, de la firma Cuberos Cortés Gutiérrez.