El domingo pasado, el partido entre Deportes Tolima y Millonarios debió ser suspendido porque un hincha ingresó al campo de juego del estadio Manuel Murillo Toro para agredir a Daniel Cataño, jugador bastante resistido por la hinchada ibaguereña por su pasado en el club y lo sucedido en la final del Apertura 2022.
Después de varios días analizando el caso, el comité disciplinario entregó una nueva resolución, la número 008, en la que se estipulan las sanciones al Deportes Tolima y Daniel Cataño.
En los hechos ocurridos el 12 de febrero, un aficionado ingresó a la cancha para propinarle un golpe al volante de 31 años, cuando el árbitro Wilmar Roldán ni siquiera había dado la señal para iniciar el partido. El agresor, identificado como Alejandro Montenegro, salió corriendo desde casi la mitad de la cancha para resguardarse, sin tener en cuenta que el estado físico del futbolista era mejor y no le fue difícil alcanzarlo.
Por su reacción, que fue atacar al aficionado, el árbitro decidió expulsar al volante embajador, quien ese día lucía por primera vez el número 10 a su espalda tras la salida de Daniel Ruiz al Santos de Brasil. Por esa razón, Cataño fue sancionado por el comité disciplinario de la Dimayor con tres partidos de suspensión.
Por otro lado, Deportes Tolima deberá jugar sus próximos cuatro partidos sin público, sanción que terminará el 29 de marzo cuando reciban a Millonarios en el juego reprogramado por la fecha 4 de la Liga BetPlay I-2023.
La resolución también se refiere al caso de la “individualización del señor Dairo Alejandro Montenegro Díaz, por parte de las autoridades de Policía, como la persona que invadió el terreno de juego y propinó un golpe en la cabeza de uno de los jugadores del club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A”.
El comité informó que el hincha del Tolima no podrá ingresar a los estadios de fútbol en Colombia durante los próximos tres años, además le fue interpuesta una multa económica de 20 salarios mínimos vigentes, que equivalen a 23′200.000.
“Al respecto, esta autoridad disciplinaria tiene conocimiento que el señor Montenegro Díaz fue debidamente sancionado por parte de la Secretaría de Gobierno Municipal de la ciudad de Ibagué (Tolima), con una medida correctiva consistente en prohibición de acudir a escenarios deportivos por un período de tres (3) años y una multa de veinte (20) SMMLV”, se lee en la resolución.
Este informe también especifica que todas las partes sancionadas deberán pagar sus multas económicas en un plazo no mayor a 20 días, según se establece en el artículo 20° del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF).
“Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato. Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa”.