El caso del futbolista Dani Alves, acusado por presunta violación en contra de una mujer a finales del año 2022, ha generado un impacto mundial enorme. El hombre que militó en clubs como Barcelona, PSG, Juventus y otros ya lleva más de un mes en prisión y con pocas esperanzas de salir de la cárcel ubicada en Barcelona.
Sin embargo, el caso de Alves no es el único que ha empañado al fútbol brasileño en el último tiempo. También, la estrella del balompié carioca, Robson de Souza ‘Robinho’, fue condenado a nueve años de cárcel por una violación en grupo a una joven albanesa en 2013. Aunque la noticia se dio en el año 2020, hasta la fecha se han empezado a realizar los trámites para que cumpla su pena.
“Podría haber cumplimiento de la pena en Brasil, pero es algo que se examinará más adelante cuando esto realmente pase”, dijo en enero el ministro de Justicia, Flavio Dino, al canal televisivo Bandnews.
El pedido es el más reciente esfuerzo de las autoridades italianas para lograr que el exinternacional de la Seleção, de 39 años, cumpla la pena a la que fue sentenciado de manera definitiva en enero de 2022 por la última instancia judicial de la nación europea.
A principios del año pasado, la fiscalía de Milán pidió su extradición –negada por Brasil– y emitió una orden de captura internacional en su contra. Esa última solicitud impide que el exdeportista, que jugó por última vez en el Estambul Basaksehir de Turquía, del que salió en agosto de 2020, viaje a naciones con las que Italia tiene acuerdos de extradición.
Ahora bien, nuevos detalles se han conocido en las últimas horas sobre el caso del jugador, cuando la presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Maria Thereza de Assis Moura, explicó este viernes que la solicitud de cumplimiento de pena presentada por tribunales italianos está, en principio, de acuerdo con los tratados que existen entre ambos países.
“En un primer examen, los requisitos necesarios parecen estar presentes”, explicó la magistrada en un documento difundido este viernes. Según la jueza, ese “primer examen” indica que Robinho tuvo derecho en Italia a un juicio justo, en el que fue “defendido regularmente”, y que el proceso que concluyó con su condena fue realizado dentro del estricto marco del derecho.
El STJ, otro de los entes reguladores, solo se limitará a una evaluación técnica del caso y de la “observancia del debido proceso”, sin entrar en los “méritos” de las acusaciones que llevaron a la condena, agregó.
Cabe anotar que el exatacante brasileño fue condenado en 2017 en primera instancia por el tribunal de Milán y en diciembre de 2020 por la Corte de Apelaciones de Milán. Su amigo Ricardo Falco también fue declarado culpable por el hecho. Ese último tribunal consideró que el ahora exfutbolista actuó con “especial desprecio hacia la víctima, la cual fue brutalmente humillada”.
Este caso se une al de Dani Alves como uno de los más polémicos en el fútbol brasileño. Cabe anotar que Alves sí cumple en prisión tras ser enviado por un juez en Barcelona.
¿En qué va su caso?
Luego de enterarse que su solicitud de libertado condicional fue denegada, medios españoles reportaron el pasado jueves que Alves se mostró cabizbajo, sin ni siquiera probar la comida de la cárcel Brians 2.
De acuerdo con la información del diario español ABC, el jugador le hizo una petición a Cristóbal Martell, su abogado, quien lo visitó en prisión este miércoles, donde le explicó que debía permanecer detenido hasta que se lleve a cabo el juicio.
“(Alves) ha pedido que rememos y trabajemos para demostrar su inocencia”, dijo el jurista quien ha manifestado en múltiples ocasiones la inocencia del jugador. No obstante, las versiones de Alves han hecho que su permanencia en la prisión siga estable.
Luego de ello, la firma de abogados emitió un comunicado insistiendo en que su cliente no es culpable de lo sucedido el pasado 31 de diciembre. Daniel Alves Da Silva sigue siendo tan inocente como lo era antes del dictado de la resolución”, dice el comunicado. “La resolución es asimétrica. Utiliza como indicios las afirmaciones de cargo que ofrece el atestado policial y, en cambio, los elementos de descargo que ofrece la defensa los difiere para el juicio oral”, se lee.