Cada año la declaración de renta les pone los pelos de punta a los contribuyentes por el golpe al bolsillo, el papeleo que acarrea elaborarlo y las filas para pagar al acercarse las fechas límite. Este año el proceso irá del 6 de agosto al 17 de octubre, cuando cerca de 3 millones de personas naturales entre empleados, trabajadores independientes y rentistas de capital deberán presentar su declaración del impuesto sobre la renta. Deben hacerlo los contribuyentes que recibieron ingresos superiores a 46.418.000 millones de pesos en 2018. Sin embargo, declarar no significa necesariamente estar obligado a pagar. Debido al proceso de depuración, comienzan a hacerlo quienes tengan ingresos superiores a los 3,8 millones mensuales, si no realizan ningún tipo de optimización. También tendrán que declarar quienes hicieron consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos totales, consignaciones bancarias o inversiones financieras por encima de 46,4 millones de pesos en 2018. Además, cualquier persona con un patrimonio mayor a 149.202.000 pesos al cierre del año anterior. Le recomendamos: Atención a estos cambios para declarar renta en 2019 La suma a pagar puede resultar significativa para algunos. Un trabajador asalariado o independiente con ingresos por 15 millones de pesos mensuales tendrá que cancelar alrededor de 10,7 millones en impuesto de renta con el esquema actual si hace optimización de ingresos no constitutivos de renta y usa las deducciones y rentas exentas. Pero si no lo hace podría pagar más de 26,7 millones de pesos, Este ejemplo muestra que siguen teniendo un beneficio quienes utilizan intensivamente los beneficios tributarios para reducir la base gravable, como aportes en fondos de pensiones voluntarios, cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC), pagos por intereses de vivienda, deducciones por dependientes (hijos, cónyuge) y pagos de medicina prepagada, entre otros. Esto a pesar de que la reforma tributaria de 2016 le puso un techo conjunto del 40 por ciento del valor del ingreso a todos estos beneficios tributarios y rentas exentas. La Dian tiene cada vez mayor y mejor información de todas las personas. Proviene de reportes automáticos de entidades como empresas, bancos, EPS, fondos de pensiones, oficinas de instrumentos públicos, notarías y oficinas de tránsito, entre otras.

La Dian tiene cada vez mayor y mejor información de las personas que proviene de reportes automáticos de distintas entidades. Tiene tal alcance, que la Dian enviará a un grupo de 700.000 contribuyentes una ‘propuesta’. Esta declaración sugerida le permite al contribuyente conocer el reporte de los terceros o conocido como exógeno. Pero en ningún caso lo exime de la responsabilidad de declarar los valores reales, en caso de que posea otras rentas de capital, no laborales y de dividendos y participaciones. Daniel Bulla, gerente senior de tax de BDO en Colombia, aconseja descargar el reporte con la información exógena para saber qué reportaron los terceros y no eludir o reflejar realidades diferentes. De hecho, la Dian tiene herramientas como “hágalo usted mismo” para facilitar la declaración. Muchas personas se asesoran de contadores. Sin embargo, hoy por hoy los expertos aconsejan hacer la declaración, pues se convierte en un ejercicio para conocer y administrar sus finanzas. Puede ver: Atención a estos cambios para declarar renta en 2019 El cálculo de este año sigue con el sistema de renta cedular, donde cada uno de los cinco grupos (rentas de trabajo, de pensiones, de capital, no laborales y de dividendos), tiene su esquema de depuración y topes independientes. Hay que evitar sanciones e intereses moratorios por extemporaneidad u omisión. El calendario tributario empieza a correr el 6 de agosto de acuerdo con los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía. Quienes incumplan con el pago de la declaración de renta tendrán que afrontar una sanción mínima de 343.000 pesos. Piense en la próxima Para el impuesto de renta de 2018 la suerte está echada. Sin embargo, expertos como Elizabeth Loaiza, jefe de regulación de Protección, invitan a pensar desde ahora en la declaración por el año gravable 2019, a presentar en 2020. “Más que cálculos sobre la declaración que deberá presentar en las próximas semanas y que al ser sobre los ingresos de 2018 ya está prácticamente definida, aún hay tiempo para tomar medidas para optimizar la carga tributaria de este año”, afirma. Más considerando que en 2020 habrá que presentarla por primera vez bajo los nuevos parámetros de la Ley de Financiamiento que aprobó el Congreso a finales del año pasado. El nuevo sistema implica un aumento de tarifas y cambios en la forma de determinar la renta. A partir de este año, aumentarán las tarifas para las personas que devengan alrededor de 24,7 millones de pesos mensuales (8.670 Unidades de Valos Tributario –UVT– anuales) que tendrán nuevas tarifas de 35, 37 y 39 por ciento. Y se unificarán bajo una cédula los ingresos por rentas de trabajo, capital y no laborales. Las otras dos cédulas de pensiones y dividendos se mantienen. Con esto, los trabajadores de altos ingresos y quienes tengan varias fuentes de ingresos. asumirán la mayor carga. Por ejemplo, si una persona que gana 15 millones de pesos de salario integral tuviera un ingreso adicional por un arrendamiento de 24 millones anuales, este año esto no le significa otro impuesto. Pero a partir de 2020 tendría que pagar entre 12,9 y 32 millones de pesos, haga o no haga optimización tributaria. Le puede interesar: Consulte los plazos para pagar su declaración de renta en 2019 También habrá un efecto significativo sobre los rentistas de capital. No solo hay una nueva tarifa para los dividendos, sino que los rendimientos financieros por un CDT y otros tipos de fondos de renta fija quedarán gravados en su totalidad. Según algunos cálculos de Protección, el pago de dividendos podría duplicarse en algunos casos ante el aumento de la tarifa. Por ello es importante considerar mecanismos de optimización tributaria. Uno, aumentar el ahorro voluntario a pensiones obligatorias, un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, para un porcentaje que no exceda el 25 por ciento del ingreso laboral sin superar los 85,6 millones de pesos anuales. Entre tanto, los fondos de pensiones voluntarios seguirán siendo una renta exenta hasta el 30 por ciento del ingreso laboral. Eso sí, solo hasta 130,2 millones de pesos. Solo 3 millones de personas deben pagar el impuesto a la renta. Eso muestra que la mayoría de la población tiene bajos ingresos, pero también podría evidenciar que muchos contribuyentes están por fuera del sistema. Ahora podrían quedar en la mira de la Dian.  Las cifras esperadas Podrían llegar vía recaudo de renta unos 12 billones de pesos, sumando el impuesto y la retención en la fuente. Al contabilizar tanto el recaudo de la jornada tributaria como la retención en la fuente, el recaudo por impuesto de renta de personas naturales alcanzó en 2018 los 10,95 billones de pesos. Para la ‘jornada’ tributaria de este año la Dian espera un crecimiento del 13 por ciento. Solo el recaudo bruto del impuesto de renta a cargo de las personas naturales para 2019 será de 3,2 billones pesos, según estimaciones de la Dian por concepto de pago de declaraciones. Esto significa un crecimiento nominal de 13 por ciento, en relación con lo obtenido durante la ‘jornada’ de impuesto de renta de 2018. No obstante, esta cifra no tiene en cuenta el impuesto cancelado anticipadamente por medio del mecanismo de retención en la fuente. Este valor se podrá establecer una vez finalicen los vencimientos para declarar y pagar el próximo 17 de octubre. Al sumar esto, y dado el crecimiento esperado en este periodo, el recaudo por renta en personas naturales podría superar este año los 12 billones de pesos. Si se toma la retención declarada por el año gravable 2017 de 8,18 billones de pesos y se suma el recaudo de renta del siguiente año (2018) de 2,77 billones, resulta que el total recaudado en renta de personas naturales para 2018 alcanza los 10,95 billones de pesos. En los últimos años la composición del recaudo del impuesto de renta ha presentado un comportamiento similar. Esto es, que la participación de las personas jurídicas ha estado cercana al 80 por ciento y la de las personas naturales al 20 por ciento. En 2017, la participación ascendió a 78 y 22 por ciento, respectivamente. Fue una de las razones de las últimas reformas tributarias. No obstante, esta comparación no tiene en cuenta el impuesto recaudado por concepto de retención en la fuente a título de renta. Habrá que esperar al final de esta jornada a que la Dian informe el cambio en la composición del impuesto de renta entre personas y empresas.