Durante el 2018, alrededor de 155.649 colombianos trasladaron sus ahorros de los fondos privados a Colpensiones. Además, durante lo corrido del año, han aumentado las solicitudes de doble asesoría, el mecanismo para que los afiliados al sistema pensional que quieren hacer el cambio de un régimen a otro, conozcan cuál sistema les conviene más. Según datos de Colpensiones, el 60 por ciento de los colombianos que más realizan este pedido están entre los 40 y 49 años, seguido de las personas entre los 30 y 39 años, los cuales representan un 18 por ciento de las solicitudes. Hay que recordar que la decisión de trasladarse debe tomarse 10 años antes de alcanzar la edad de pensión. Sin embargo, surgen dos preguntas importantes ante este fenómeno: (1) si las personas están tomando la decisión correcta y (2) si este conjunto de decisiones individuales es lo que más le conviene al país. Le recomendamos: Pensiones nuestra bomba atómica Para determinar qué régimen le resulta más conveniente a cada persona, es necesario considerar las características individuales de cada afiliado. Cada persona es un caso diferente. Dos personas con los mismos aportes al sistema y semanas cotizadas pueden obtener diferentes beneficios en cada sistema. Para Asofondos, los fondos de pensiones son la mejor opción para el 95 por ciento de los afiliados. Colpensiones, por su parte, afirma que el sistema público le conviene más a quien logra completar las 1.300 semanas, sin importar el nivel salarial. En realidad los dos tienen razón pues al final están corroborando lo mismo: que el sistema público conviene más a los trabajadores más formales y de mayores ingresos, mientras que excluye al grueso de los trabajadores, y eso confirma la gran paradoja de nuestro régimen pensional. Puede leer: Pensiones que no son pensiones Las personas que cotizan en promedio por más de 2 salarios mínimos tienen el incentivo de trasladarse de los fondos privados a Colpensiones antes del cumplimiento de la edad de jubilación, pues las pensiones que ofrece el régimen público incluyen un subsidio. Con esto, los mayores subsidios terminan siendo para la población de más altos recursos, lo cual no solo es inequitativo sino un problema para las finanzas públicas. Según cifras del Ministerio de Hacienda, en el régimen público de pensiones una persona que cotice y se pensione sobre 25 salarios mínimos puede recibir un subsidio por parte del Estado de más de 700 millones de pesos, mientras que alguien del mínimo “solo” recibe alrededor de 100 millones. Esto se presta para un arbitraje perverso que es una de las razones por las cuales se requiere una reforma pensional. Para David Cuervo, director de la Unidad de Negocio Bienestar Patrimonial de la consultora Mercer, si no se toman medidas, a mediano y largo plazo el sistema actual tenderá a pensionar personas que cotizan por menos de 1,4 salarios (el 90 por ciento de los cotizantes actuales) por el Régimen de Ahorro Individual (RAIS) y a personas que cotizan por más de 1,4 salarios por el Régimen de Prima Media (RPM). Es decir que el “RAIS estaría pensionando sin subsidio al grueso de los cotizantes de bajos recursos y el RPM estaría pensionando (con subsidio) a los cotizantes de más capacidad económica. El mundo redistributivo al revés”. Veamos caso a caso. Vea el video: Tres mitos sobre su pensión Caso 1: Un asalariado del mínimo  El 65 por ciento de quienes cotizan hoy al sistema de seguridad social lo hacen por un salario mínimo. Esto significa que este es el caso para la mayor parte de los asalariados del país. Dado que el monto de pensión es indiferente entre los distintos regímenes en este caso, lo clave es el tiempo de cotización. Mientras que una persona afiliada a Colpensiones debe completar 1.300 semanas, equivalentes a trabajar 25 años ininterrumpidamente, para un afiliado de los fondos privados serán 1.150 semanas o un poco más de 22 años. Esto significa que para una persona que cotiza toda su vida por un salario mínimo le conviene más cotizar en una AFP debido a que lograría acceder a una pensión con 3 años menos de cotización, independiente del capital que tenga acumulado. Caso 2: Alguien que ya declara renta  Alrededor del 7 por ciento de los cotizantes hoy están entre 2 y 4 salarios mínimos, esto es, alrededor de 700.000 personas. En este caso, la sentencia para los expertos de la consultora Mercer es una: si una persona completa las 1.300 semanas y gana más del salario mínimo, lo que más le conviene hoy es estar en Colpensiones, pues al final recibirá subsidios. Sin embargo, si no completa las semanas requeridas, le conviene más una AFP. En el caso de una persona que gane 4 salarios mínimos, alrededor de 3,3 millones de pesos, si completa 1.300 semanas, en Colpensiones recibirá un porcentaje del 63,5 por ciento de su sueldo, es decir, alrededor de 2,1 millones de pesos. Y si es de los que logra cotizar 1.800 semanas*, recibirá una tasa de reemplazo del 78,5 por ciento del salario, o sea, cerca de 2,6 millones de pesos. En una AFP recibirá el 25 y el 43,6 por ciento del salario, respectivamente. Esto se debe a que en Colpensiones la persona recibiría un subsidio por alrededor de 231 millones de pesos con cargo al presupuesto nacional. De hecho, Colpensiones hoy otorga subsidios por más 9 billones de pesos a este segmento. Si un empleado no completa las 1.300 semanas, le convendrá más estar en una AFP, pues la devolución de saldos reconoce la rentabilidad de los aportes. *Luego de 1.800 semanas, la tasa de reemplazo en Colpensiones no aumenta. Caso 3: Los de altos ingresos.  En ese privilegiado grupo que devenga más de 20 millones de pesos mensuales está menos del 1 por ciento de la población que cotiza, es decir, alrededor de 90.000 personas. Si esta persona logra completar las semanas de cotización, le convendrá estar en Colpensiones, pues recibirá entre el 55 y el 70 por ciento del salario. Esto es, entre 11,4 a 14,5 millones de pesos, dependiendo de si cotizó 1.300 o 1.850 semanas. En una AFP esta misma persona recibirá entre un 25 y 44 por ciento, respectivamente. Esto es, entre 5,1 y 9,1 millones. Menos de la mitad o cerca de dos terceras partes en el mejor de los casos frente al régimen público. La razón es que en Colpensiones la diferencia, alrededor de 5 millones de pesos, la paga el Estado con cargo a los impuestos. Con esto, el subsidio estatal a una persona de altos ingresos puede alcanzar los 900 millones de pesos. Si esta persona no logra alcanzar las semanas, le convendría estar en un fondo privado, pues le devolverían sus ahorros con sus rendimientos. A su vez, esta persona puede pensionarse incluso con 20 años de cotizaciones en una AFP con un 18 por ciento de tasa de reemplazo (3,7 millones de pesos), dado que su capital alcanza para financiar una pensión superior al 110 por ciento del salario mínimo y no requiere esperar a cumplir la edad ni las semanas. Caso 4: El trabajador informal  La proporción de ocupados informales alcanzó hacia finales del 2018 el 48,1 por ciento, según datos del Dane. Esto significa que cerca de la mitad de los trabajadores tienen trabajos con los cuales no pueden cotizar de modo regular y, por tanto, el grueso no alcanza las semanas requeridas. La recomendación para este segmento es que ahorre en BEPS, ya que no solo recibe un subsidio del Gobierno del 20 por ciento de lo ahorrado, sino que tiene derecho a un seguro de vida colectivo. Si es un empleado que rota constantemente entre el sector formal e informal y que no logra cotizar por las semanas necesarias en cualquiera de los regímenes, le conviene más estar en un fondo privado debido a que las cotizaciones que haga le serán devueltas con sus respectivos rendimientos una vez cumpla con la edad de pensión, mientras que en el régimen público solo le devuelven las cotizaciones indexadas a la inflación. Caso 5: ¿Y las mujeres?   Si una mujer tiene exactamente las mismas condiciones de ahorro y edad que un hombre, en un fondo privado de pensiones tendrá una pensión menor. La razón es que las mujeres tienen una expectativa de vida mucho mayor, y, por tanto, el capital ahorrado debe alcanzar para más tiempo. Lo mismo sucede en un fondo si un hombre se casa con una mujer más joven, tendrá una pensión menor. En el régimen público, no importa si es hombre o mujer, pues las pensiones se basan en una fórmula que solo considera el salario promedio de los últimos 10 años y las semanas cotizadas. Si bien esto significa que es un sistema que “no es discriminatorio”, eso hace también al sistema público más susceptible a engaños y a decisiones judiciales adversas. No son pocos los casos de pensionados que se casan con parejas mucho más jóvenes, o de sentencias que obligan a que se hagan cargo de hijos de crianza (nietos).