El Gobierno nacional tiene la obligación de aumentar año tras año el valor del salario mínimo mensual legal vigente (smmlv) con el fin de que no se vean afectados los ingresos de los trabajadores como consecuencia de la inflación.
En ese sentido, las cuentas que maneja el gobierno de Gustavo Petro se ven desde dos ópticas, por un lado, la del viceministro de Hacienda, Diego Guevara, quien hace unas semanas dijo que el salario mínimo para el 2023 quedaría entre $ 1.110.000 y $ 1.150.000, según cómo va el crecimiento de la inflación.
Sin embargo, la ministra de Trabajo, Gloría Inés Ramírez, reiteró recientemente que las negociaciones avanzan a buen ritmo y que esperan lograr una decisión de común acuerdo para antes que finalice este año, motivo por el cual es uno de los temas más mencionados por estos días en todo el país.
Así las cosas, las apuestas de aumentos de sueldo para quienes ganan un salario mínimo oscilan entre el 12 % y el 25 %, por lo que este ítem quedaría entre 1.120.000 y 1.250.000 pesos, dependiendo la óptica desde la que se mire.
Lo cierto es que diversos empresarios han advertido que, contrario a lo que se cree, un aumento muy fuerte del salario solo se traducirá en más inflación por lo que esto es una de las herramientas que muchos esperan que se analice concienzudamente por parte de las centrales obreras y los empresarios.
Según lo establecido en el parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y el artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), el smmlv debe quedar definido a más tardar el 15 de diciembre de cada año.
En caso tal de que no se logre un consenso en dicha fecha le corresponderá a la mesa de negociación reunirse de nuevo y llegar a un acuerdo antes del 30 del mismo mes. Pero si definitivamente no es posible concertar el monto del salario mínimo, le corresponderá al Gobierno nacional expedir el decreto que fije el smmlv a más tardar el 30 de diciembre.
Posterior a esto, el artículo 148 del CST establece que el aumento del smmlv para aquellos trabajadores que devengan este monto se realiza de forma automática, es decir, a partir del 1 de enero de cada año dichos trabajadores deben empezar a devengar el nuevo valor establecido.
En ese sentido, los encargados de determinar dicho aumento le corresponde a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales (CPCPSL), quienes tendrán la tarea durante los primeros días de diciembre de analizar esta medida para el beneficio de todos.
La CPCPSL es una mesa de negociación que se encuentra conformada por representantes del Gobierno nacional, empleadores y por su supuesto trabajadores. Se espera que antes de finalizar el año se concrete el nuevo salario mínimo para el próximo año.
Sin embargo, el costo de vida ha sido la principal referencia a tener en cuenta, ya que mientras, por un lado, se propone que el aumento del mínimo se ajuste únicamente a este dato, otros señalan que incluso debería ir hasta el 20 o 25 %. Actualmente, la inflación se encuentra en un acumulado anual de 12,22 %, cifra que asusta a muchos porque aviva los vientos de crisis para el próximo.
Cabe mencionar que el salario mínimo mensual legal vigente se encuentra regulado a través del artículo 145 del CST, que define tal pago como aquel al que todo trabajador en Colombia tiene derecho con el ánimo de sufragar sus necesidades y las de su familia.