De aquí a que se cumpla el nuevo plazo que estableció la DIAN, para que los pensionados de Colombia que son declarantes de renta actualicen el Registro Único Tributario (RUT) y, de esa manera, registren con exactitud el código de la actividad económica que fue creado de manera exclusiva para este grupo de colombianos. La tarea podría estar ya hecha.
Hasta el 30 de junio va la fecha que ahora rige para que los ciudadanos que ya gozan de su jubilación cumplan con ese trámite de actualización que es previo a la presentación de la declaración de renta. Sin embargo, según confirmó en SEMANA el director de ingresos de la DIAN, Lisandro Junco, ya la entidad ha hecho la actualización automática de 200.000 pensionados.
El universo total de pensionados que deben actualizar el RUT, según cuantificó la DIAN, es de 614.000 personas. Esto implica que ya el 32,6 % de los ciudadanos que deben hacer la tarea, fueron apoyados a través de la actualización automática.
Según lo expresado por Junco, la labor continuará para lograr cubrir al mayor número de personas, de manera que no requieran acudir a profesionales contables que les ayuden, ni requieran solicitar cita de asesoría virtual a través de la plataforma de la DIAN.
Ese tema fue uno de los que llevó a ampliar el plazo para los pensionados, luego de que la entidad divulgó que se necesitaba la actualización. Los reclamos apuntaban a que el tiempo establecido era demasiado breve y que los servicios electrónicos de la DIAN (en este caso para pedir cita de asesoría virtual y recibirla), cuando han tenido una demanda masiva, terminan colapsando.
En medio de la polémica suscitada alrededor de ese plazo, el cual fue sustentado por la DIAN como un requisito normativo que surge después de la expedición de una ley (un mes después se debe cumplir con una resolución que se desprende de una ley), se terminó por extender la fecha para cumplir con el trámite. En el fondo, la controversia se desató por una confusión generada a partir de noticias falsas que fueron propagadas a nombre de la DIAN, en el sentido de que la entidad estaba estableciendo un ultimátum para que colombianos, adultos mayores, cumplieran con un trámite en plena pandemia.
El director de ingresos salió al quite y expresó que la DIAN no utilizaba tonos amenazantes para dirigirse a los contribuyentes, lo que debería ser señal para que el ciudadano logre identificar informaciones que no provienen de la autoridad tributaria.
En el caso de la actualización del RUT, si bien la DIAN confirmó que no hacerlo acarrea sanciones, la convocatoria a los pensionados fue hecha, con la salvedad de que, aunque hay un plazo, las personas pueden actualizar su documento antes de presentar la declaración de renta.
En este sentido, también vale la pena recordar que las fechas que se establecen en el segundo semestre para declarar renta son los vencimientos, es decir, los últimos plazos. En el resto del año, los colombianos pueden cumplir con ese trámite en el momento que lo estimen, siempre y cuando esté disponible el formulario del año gravable del cual se van a reportar los ingresos.
El RUT es un documento sencillo, pero en realidad es una poderosa base de datos que resulta clave para la misión de la DIAN. Allí está consignada la información básica de los contribuyentes, particularmente la actividad económica. Los pocos renglones del formulario son suficientes para que el Estado pueda cruzar fuentes de información y poner la lupa en el el manejo de las rentas de los colombianos, a fin de controlar la evasión tributaria, tanto del que recibe el pago como del que lo hace.