Con la firma del magistrado Luis Guillermo Guerrero, la Corte Constitucional emitió un documento a través del cual resolvió no admitir la demanda contra todo el Sistema Tributario colombiano, la cual fue presentada por Dejusticia el pasado 27 de mayo. Los demandantes presentaron la acción jurídica contra el Estatuto, por no cumplir con los principios constitucionales de equidad, progresividad y eficiencia tributaria. Esto, en razón de que Colombia es uno de los países más desiguales del mundo, lo que evidencia que los impuestos no están ayudando a la redistribución del ingreso. Además, son pocos los que pagan impuestos, por lo tanto, las tarifas impositivas les resultan altas a los contribuyentes de menores ingresos, pues no corresponden a la realidad económica de las personas.
Y el tema de la ineficiencia se sustenta en el hecho de que Colombia tiene un recaudo que, en promedio, no sobrepasa el 14 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), lo que está muy por debajo de lo que debe recaudar un sistema tributario de país de ingreso medio como el nuestro. Por todas esas razones, los demandantes solicitaron al alto tribunal declarar la inexequibilidad del Estatuto Tributario, lo que, al decir de Camilo Rodríguez, director de impuestos de la firma Kpmg, se trataba de una demanda inédita, pues “es la primera vez que se cuestiona la totalidad del sistema tributario”.
En concepto de la Corte, "acogiendo la terminología de la propia demanda de inconstitucionalidad, es claro que el razonamiento planteado carece de premisa menor, ya que, aunque formalmente se impugna el Estatuto Tributario, el análisis prescinde en su integridad de los contenidos normativos que integran el sistema impositivo, y las objeciones plateadas carecen de este referente ineludible en este tipo de escrutinio". El Alto Tribunal estima que los impuestos se deben discutir en el Congreso, en aras de la democracia. Según explicó Miguel Ángel Fandiño, de la firma PWC Colombia, la decisión del alto tribunal es una especie de examen previo que le hace a la demanda. A partir de ahora, los demandantes tendrán tres días para analizar el fondo de los detalles que reparó la Corte y decidir si volver a presentar o no la acción contra todo el Estatuto Tributario.