Luego de una jornada más de quietud en la mina de carbón a cielo abierto más grande del mundo. Tras múltiples intentos de parte y parte por lograr un acuerdo, pasados ya 74 días desde que se inició la huelga del Cerrejón, la compañía radicó ante el Ministerio del Trabajo una solicitud de convocatoria del Tribunal de Arbitramento.

El pantano en el que se encuentra el diálogo entre los trabajadores -representados por Sintracarbón- y las directivas de la compañía, llevó a que se acudiera a esta instancia de negociación que se tiene prevista en Colombia y que constituye un mecanismo de resolución de conflictos, cuando las partes no logran llegar a un punto medio.

El tribunal de arbitramento se establece con tres árbitros, quienes quedan facultados transitoriamente para administrar justicia, para resolver con carácter definitivo y obligatorio los conflictos colectivos laborales, a través de una decisión denominada laudo arbitral.

Según establecieron voceros de Cerrejón, en el proceso de negociación colectiva que se adelanta se había fijado que se trabajaría a través de mesas específicas que trataran de dirimir los puntos de desacuerdo, principalmente, los que están relacionados con lo que Sintracarbón llama ’el turno de la muerte’ (7x3: 7 días de trabajo y 3 de descanso). No obstante, Cerrejón solicitó que las mismas se realizaran a partir de este viernes a las 8 de la mañana, lo que no se pudo dar.

Según la versión de la compañía, Sintracarbón informó que había adquirido otros compromisos y se acogía a la fecha propuesta que hizo la subcomisión: el 18 de noviembre.

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Qué dice el Ministerio

Por el lado del Ministerio de Trabajo, sigue en pie la reunión prevista para el miércoles de la próxima semana. Ese día, si definitivamente no se llega a acuerdo, la empresa y el sindicato tomarán la decisión final de convocar al tribunal.

Así procede el tribunal

Los tribunales de arbitramento son caminos para dirimir conflictos laborales, pero suelen ser largos. Cuando el Ministerio de Trabajo verifica la solicitud y establece que ya pasaron los tiempos reglamentarios en busca de un acuerdo, expide una resolución convocando el tribunal.

La escogencia de los árbitros es otro proceso. Uno lo elige el empleador, otro el sindicato y el tercero es escogido por los dos árbitros que pusieron cada una de las partes. En caso de que tampoco logren un acuerdo para escoger el tercer árbitro, se esperan 48 horas, luego de las cuales, el Mintrabajo hará un sorteo de entre las listas de arbitraje de la Corte Suprema de Justicia. Los árbitros disponen de dos días para aceptar, tomar posesión y entrar en funciones.

Finalmente, el Tribunal cuenta con 10 días a partir de su designación para proferir el laudo arbitral.