Hoy la asamblea del Grupo Sura decidió no levantarle el conflicto de interés a cinco de los siete miembros del conglomerado financiero. Esta situación generaría un bloqueo en la toma de una decisión que podría significar alrededor de 2.200 millones de dólares. Con estos recursos, el Grupo Sura podría pagar la totalidad de su deuda y aumentar los dividendos a sus accionistas.
De la misma manera fortalecerían los negocios principales del grupo. Analistas del mercado estiman que, de aceptarse la oferta, la acción del Grupo Sura podría tener subidas importantes.
Por esta razón, Jaime Gilinski, el mayor accionista del Grupo Sura, solicitó que se cite a una asamblea extraordinaria para que se decida sobre la venta de su participación en Nutresa.
Los administradores del GEA no han ofrecido hasta el momento ninguna solución al respecto.
Cabe recordar que Jorge Mario Velásquez, presidente de Grupo Argos, y Carlos Ignacio Gallego, presidente de Grupo Nutresa, han declarado un conflicto de interés frente al tema.
Jaime Gilinski, al poseer más del 25 % de las acciones en circulación, tiene el derecho a hacer esta solicitud, y las juntas y los administradores deben cumplirla.
Esta es la solicitud:
Bogotá, D.C., 20 de abril de 2022
Señor GONZALO ALBERTO PÉREZ ROJAS
Presidente – Grupo de Inversiones Suramericana (Grupo Sura) S.A. vía correo electrónico
Ref. Solicitud de convocatoria a una reunión extraordinaria de asamblea Respetado señor Pérez:
JAIME GILINSKI BACAL, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en calidad de representante legal de JGDB Holding S.A.S., identificada con NIT 901.421.912-7, y en calidad de apoderado de Juan Pablo Quintero Rodríguez, identificado con cédula de ciudadanía número 1.098.637.311, ambos accionistas de Grupo Sura S.A. (la “Compañía”), respetuosamente me dirijo a usted para solicitar que se convoque, a la mayor brevedad posible, a una reunión extraordinaria de la asamblea general de accionistas.
Cabe destacar que la legislación societaria vigente y los estatutos de la Compañía imponen la obligación perentoria a los administradores sociales de convocar al máximo órgano cuando así lo soliciten los accionistas. Por un lado, el tercer inciso del artículo 182 del Código de Comercio establece que las personas facultadas para convocar a la asamblea general de accionistas “deberán hacerlo también cuando lo solicite un número de asociados representantes del 10 % o más del capital social” (se resalta).
En línea con lo anterior, los estatutos sociales de la Compañía disponen, en su artículo 13, una obligación de la misma naturaleza en relación con la convocatoria a reuniones extraordinarias de la asamblea. Según la norma: “Las reuniones extraordinarias se efectuarán cuando lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes de la Compañía y mediante convocatoria del Presidente de la Junta, del Presidente de la Sociedad, del Revisor Fiscal, bien sea a iniciativa propia o por solicitud obligatoria de un número plural de accionistas que represente no menos de la cuarta parte de las acciones suscritas” (se resalta). Con fundamento en las disposiciones transcritas, le solicito convocar, a la mayor brevedad y con el lleno de los requisitos legales y estatutarios, una reunión presencial extraordinaria de la asamblea general de accionistas de la Compañía para agotar el siguiente orden del día:
1. Verificación del quórum.
2. Lectura del orden del día.
3. Elección del Presidente y Secretario de la reunión.
4. Elección de una comisión para la revisión, aprobación y firma del acta.
5. Elección de una comisión para la verificación de los escrutinios.
6. Presentación de un informe pormenorizado de la Junta Directiva a la Asamblea General de Accionistas sobre toda la información y los elementos de juicio que ha tomado en consideración para deliberar y decidir en relación con la participación de la Compañía en las dos ofertas públicas de adquisición (“OPA”) que hasta la fecha ha presentado Nugil S.A.S., así como la información y elementos que sean necesarios para deliberar y decidir en relación con la tercera OPA sobre las acciones de Grupo Nutresa.
7. Decisión, por parte de la Asamblea General de Accionistas, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, sobre la participación de la Compañía en la tercera Oferta Pública de Adquisición (OPA) sucesiva formulada por Nugil S.A.S. por acciones de Grupo Nutresa, el pasado 28 de febrero de 2022.
Solicito que la sesión sea convocada para la fecha que estime conveniente la administración de la Compañía pero que en ningún caso sea posterior al 6 de mayo de 2022. Así mismo, solicito que la presente solicitud, así como la correspondiente convocatoria sean publicados como información relevante, de conformidad con la normatividad vigente.
* Gabriel Gilinski es accionista de Publicaciones SEMANA