La emergencia desatada por la pandemia de la covid-19 ha desvelado una serie de problemáticas laborales, afectando las dinámicas de miles de empresas en el país que han tenido que tomar decisiones drásticas para poder sobrevivir.
De hecho, de acuerdo con el último reporte de Sodexo, se calcula que el 38 % de las empresas decreció por cuenta de la emergencia sanitaria, lo que las ha obligado a modificar su funcionamiento interno para beneficiar al mayor número de colaboradores.
Sin embargo, esto no ha sido igual para todas las compañías. De hecho, de acuerdo con un reporte de la Cámara de Comercio de Bogotá, solo el 7 % de las empresas en la capital del país y sus alrededores se mantiene funcionando a plena capacidad y un 27 % decidió cerrar temporalmente hasta tener un mejor panorama.
En la búsqueda de estabilidad, las empresas han solicitado al Ministerio de Trabajo la autorización para poder realizar despidos masivos y suspender contratos laborales de sus colaboradores.
De acuerdo con la cartera laboral, se han radicado 4.111 solicitudes de despidos colectivos y suspensión temporal del contrato por parte de varias empresas del país, que están en todo tipo de industrias.
Del total de solicitudes, 63 corresponden a pedidos de despidos masivos, mientras que 715 corresponden a la suspensión de las actividades de algunos de sus trabajadores durante 120 días.
El mayor número de solicitudes, que corresponden a un total de 3.333 peticiones, corresponden a suspensión del contrato por motivos de fuerza mayor.
Por otra parte, el Ministerio aseguró que ha recibido un total de 5.434 quejas o querellas por violación de los derechos de los trabajadores en medio de la pandemia y que gracias a estas solicitudes se han podido salvar cerca de 128.299 puestos de trabajo y se ha logrado la reactivación de 40.024 contratos.
Para procesar todas las solicitudes, el Ministerio ha asegurado en varias ocasiones que todas ellas están siendo analizadas únicamente por la Unidad de Investigaciones Especiales de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control.
De acuerdo con lo expresado en la Circular Externa No. 022 del 19 de marzo del año pasado, emitida por el Ministerio: “se ejercerá estricta vigilancia y control a las solicitudes que los empleadores presenten respecto de suspensiones de contratos y despidos colectivos, para lo cual el Ministerio expidió la Resolución 0803, esto, ante el impacto a la economía y al tejido social del país, en medio de la coyuntura de emergencia social para contener la propagación de la covid-19″.
Sin embargo, el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, aclaró que el objetivo de la cartera es velar por el sostenimiento de los empleos y la generación de puestos de trabajo en el país, por lo que las solicitudes son estudiadas a profundidad para evitar afectar tanto al empleador como al empleado.
Además, el jefe de la cartera laboral aclaró que las solicitudes en ningún momento dan vía libre para que los empleadores realicen despidos masivos en sus compañías y que esto solo se podrá dar en la medida en que un Juez de Trabajo determine que la empresa realmente necesita hacer el despido.
Velar por el mantenimiento de los empleos en el país es clave para el Ministerio de Trabajo teniendo en cuenta que el desempleo llega al 13,3 % en el país, de acuerdo con lo reportado por el Dane para el mes de noviembre de 2020, y que la pandemia ha agudizado aún más esta crisis.
Y es que, de acuerdo con la información reportada por Asofondos, los afiliados a los fondos de pensiones y cesantías como Colfondos y Porvenir han retirado más de $2,2 billones en cesantías por causa de terminación del contrato laboral.