La expedición del Decreto 1174, que regula el Piso Mínimo de Protección Social, ha generado polémica este martes desde temprano. En redes, miles de usuarios -incluyendo directivos de centrales obreras y activistas- señalan que la norma desmejora las condiciones laborales de los trabajadores y que se permite la contratación por horas de manera ilimitada. Para responder a estas y otras preguntas, SEMANA habló con el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, quien señaló que en ningún caso se va a afectar a los trabajadores colombianos, ni que esto incluye una reforma laboral. De hecho, indica que las personas que ganan menos de un salario mínimo contarán ahora con un ahorro para la vejez y cobertura en riesgos laborales, además de seguir estando en el régimen subsidiado de salud. SEMANA: ¿Por qué se expidió este decreto? ÁNGEL CUSTODIO CABRERA: Colombia ha venido teniendo un problema muy delicado con las personas que se denominan informales. Hoy tenemos personas con un contrato, pero también hay otras que están en la formalidad o no tienen un contrato o relación laboral, y cuando uno mira su condición se da cuenta que reciben un ingreso mensual de menos de un salario mínimo.
Estas personas están totalmente desprotegidas: no tienen seguridad social y no están creando un ingreso para su vejez. SEMANA: ¿Qué cifras hay? A.C.C.: Una cuarta parte de los adultos mayores en Colombia tienen acceso a una pensión. Legalmente para que una persona tenga una pensión, además de las semanas y la edad, es clave que tengan un ahorro. Si un empleador no le aporta nada a la persona, ella misma no cotiza y el Gobierno no subsidia, pasa que queda en el aire y está totalmente desprotegido. Más del 40 por ciento de los trabajadores colombianos ganan menos de un mínimo y tienen cerrada la puerta para una pensión. En Colombia hay 22 millones de personas económicamente activas, de las cuales 9 millones cotizan a salud y pensión, es decir, 13 millones no lo hacen. Por lo tanto, su futuro es incierto. SEMANA: ¿Qué se reglamenta entonces? A.C.C.: Se reglamenta un artículo aprobado en el Plan Nacional de Desarrollo, que permite que estas personas puedan aplicar a losBeneficios Económicos Periódicos (Beps). La idea es aumentar la cobertura para aquellos que les pagan por un término de una semana, días u otros tiempos y no reciben seguridad social. SEMANA: ¿Cómo funciona el mecanismo de Piso Mínimo de Protección? A.C.C.: Este es un mecanismo con el cual a la persona que hoy no está cotizando y gana menos de un mínimo o trabaja ocasionalmente, se le abre la posibilidad de que empiece a ahorrar con los Beps. Esto lo hará con un aporte que hace el empleador del 15 por ciento de los ingresos. En el caso de los independiente, ellos pueden hacerlo de manera voluntaria.
En ambas modalidades, el valor ahorrado se lleva a una cuenta de ahorro individual y el Gobierno le suma otro 20 por ciento. SEMANA: ¿Los Beps al final para qué les sirven a las personas? A.C.C.: Son ahorros con los cuales el trabajador se le crea una cuenta de ahorro individual y el Gobierno le pone el 20 por ciento a esa cuenta. Esto servirá para que inicie la cotización de su vida laboral.
El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explica que con la norma se protegerá a quienes hoy no tienen acceso a un ingreso en su vejez. Así, por ejemplo, si una persona nunca cambias sus condiciones, siempre seguirá trabajando por 100.000 o 200.000 pesos, va a tener la posibilidad de que, cuando llegue a la edad de pensión, pueda tener un ingreso para su vejez. Ese es un escenario apocalíptico. Pero si es una persona que puede cambiar, se vuelve formal o mejora sus condiciones, esos ahorros se podrán convertir en número de semanas cotizadas y le suma a su cotización para que al final de su vejez pueda tener una pensión.
SEMANA: ¿Y qué pasa si la persona no logra esto? ¿También se le devuelven los ahorros? A.C.C.: Normalmente, si una persona cotiza y no alcanza, le devuelven su plata. En el caso de los Beps, igual le pueden devolver su ahorro y también el 20 por ciento que está dando el Gobierno. También puede pasar que se lo devuelvan como un ingreso mensual y de por vida para la vejez, depende de cada caso y lo que opte el trabajador. SEMANA: ¿Esto aplicará para personas con varios contratos? Si es así, ¿cada empresa tendrá que aportar a los Beps? A.C.C.: Sí es posible, pero el límite es que sumados todos los ingresos no superen el salario mínimo. Si supera esa cifra, se tendría que hacer un aporte regular a pensión. Todo depende del tiempo que trabaje y el ingreso que reciba. SEMANA: ¿El decreto permite la contratación por horas o cambiar las condiciones laborales? A.C.C.: No, este decreto no modifica ninguna norma laboral de los trabajadores, lo que hace es reconocer a quienes por diferentes circunstancias de su trabajo no alcanzan a tener ingresos de un salario mínimo. No hay ningún nuevo tipo de contratación. SEMANA: ¿Los trabajadores de tiempo completo están cobijados en este decreto? A.C.C.: No, con el decreto no se modifican las condiciones laborales de quienes trabajen a tiempo completo. Lo que se incluye es un beneficio para quienes tienen ingresos inferiores de un salario mínimo y, reitero, para quienes son hoy informales.
SEMANA: ¿Los empleadores podrán cambiar a los trabajadores de cotización regular a pensión a este tipo de cotización? A.C.C.: No lo van a poder hacer, porque nosotros tenemos el control con la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) de todos los empleadores y trabajadores. No se permitirá que se le haga trampa a la ley. SEMANA: ¿Esto es una reforma laboral? A.C.C.: No, con el Decreto 1174 no se están creando nuevas modalidades de contratación. La garantía y condiciones laborales hoy vigentes se respetan y se mantienen.