A pesar de que mucho se habla por estos días de la nueva reforma tributaria, los emprendedores, empresarios y personas naturales del país deben tener en cuenta que para la declaración de renta de este 2021, los parámetros están dados por las definiciones que existen actualmente en esta materia.
El Banco de Occidente y el experto en materia tributaria, Tulio Restrepo, señalan los puntos clave a tener en cuenta para los procesos de declaración de renta del año 2020, tanto para personas como empresas y pymes (pequeñas y medianas empresas). He aquí lo que hay que tener en el visor.
1. La importancia de las deducciones
Las empresas deben tener en cuenta que las normas tributarias vigentes permiten descontar algunos gastos de los ingresos.
Algunos de estos son los pagos de los impuestos diferentes a la renta como el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) y el predial. Y, aunque suene obvio, un requisito para restarlos es haberlos pagado antes de presentar la declaración de renta.
Asimismo, las depreciaciones, es decir, la pérdida del valor por el uso y desgaste de las maquinarias y equipos de la compañía, también se puede restar siempre y cuando las empresas tengan definido que la depreciación se hace bajo el método de línea recta (dividir el valor del activo entre sus años de vida útil).
2. Ojo con los aportes obligatorios al fondo de pensiones
Es importante tener en cuenta que, con motivo de la pandemia, el Gobierno permitió a las empresas que durante dos meses se pagara únicamente el 3 % de las pensiones.
Sin embargo, dado que la Corte Constitucional declaró que esta medida era inconstitucional, muchas empresas no saben qué hacer con la diferencia del valor de las pensiones que no se cubrió en dichos meses.
De acuerdo con el Decreto 376 de 2021, una vez se haga el pago del faltante, el valor pagado podrá ser deducido del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable en que se efectúe dicho pago (las compañías que ya han tomado como deducible dicho costo o gasto en sus provisiones de renta o proyecciones de caja deben entrar a revisar el tema con lo reglamentado en este decreto).
3. El régimen tributario simple puede ser un aliado
El régimen de tributación simple permite restar lo que asume el empleador por la pensión de sus trabajadores y, además, incluye dos impuestos, el de renta y el ICA juntos, los cuales se pagan cada bimestre; esto permite reducir las cargas formales de presentar una declaración anual.
Asimismo, las tarifas se calculan de acuerdo con los ingresos y, por esta razón, disminuye la preocupación por los gastos y los costos.
Teniendo en cuenta que la mayoría de empresas en Colombia son pymes, este régimen tiene una cobertura aproximadamente hasta los $2.800 millones en el año.
Esta opción es ideal para empresas con rentabilidad superior al 25 o 30 %. Sin embargo, para las empresas con menor utilidad, es conveniente tributar bajo el régimen ordinario.
4. Tenga en cuenta que los dividendos también se gravan
Las empresas nacionales deben pagar el impuesto de los dividendos que se entregan a los accionistas, una vez vence el plazo. Por su parte, las empresas extranjeras deben pagar este impuesto cuando se realiza el giro de los dividendos.
5. Recuerde que como persona natural también tiene beneficios para disminuir el valor de la declaración de renta este año
Tenga en cuenta que a los rendimientos financieros que se recibieron en 2020 por parte de entidades financieras vigiladas por la SuperFinanciera, este año se pueden aminorar con base en la inflación del año.
No olvide que, de igual forma, las personas dependientes, los intereses que se paguen por créditos de vivienda y los aportes voluntarios a seguridad social también reducen este impuesto.
Por último, recuerde aprovechar al máximo la renta exenta, la cual consiste en que el 25 % de todos los salarios o ingresos laborales que tenga cualquier trabajador vinculado con un contrato de trabajo (asalariado) está exento del impuesto a la renta, teniendo en cuenta los límites que establece la ley.
6. Beneficios de cara a la reactivación económica
En los foros organizados por el Banco de Occidente, Tulio Restrepo destacó que para 2021 se mantiene el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF). Asimismo, con la Ley de Turismo se dejó sin impuesto el consumo, hasta diciembre de este año, a hoteles, restaurantes y bares, lo que contribuye con la reactivación de la economía del país. De igual forma, el IVA de los tiquetes se redujo del 19 al 5 %.
Por otro lado, de la mano de la ley de emprendimiento, que busca establecer un marco de regulación que propicie el emprendimiento y el crecimiento, se otorgaron beneficios tributarios, como bienes exentos de IVA y devolución o compensación del IVA por dichos bienes.