Los colombianos ya empiezan a estar atentos de las subidas en servicios, productos e impuestos ante la expectativa de los que pueda llegar el aumento del salario mínimo, de cara al 2024, pues ahora el bolsillo tendrá otro apretón con el nuevo impuesto al plástico de un solo uso que afectará la subida de varios productos básicos.
La sala plena de la Corte Constitucional aprobó el impuesto a los plásticos de un solo uso, que fue fijado en la reforma tributaria aprobada el año anterior en el Congreso de la República. De acuerdo con la decisión del alto tribunal, será el productor o importador de este tipo de utensilios el que deberá asumir el pago del impuesto.
Esto lo que significa es que aquellas empresas y productos que utilizan empaques, embalajes y envases en su producción, de plásticos de un solo uso, tendrán que subir los precios de los mismos, además los colombianos tendrán que pagar su cuota con elementos de uso cotidiano que serán más caros.
¿Qué afecta directamente el impuesto?
El impuesto afecta directamente a los envases, embalajes y empaques de plástico de un solo uso, como bolsas, botellas, platos, vasos, cubiertos y pitillos. La tarifa establecida es de 0,00005 UVT (Unidad de Valor Tributario) por cada gramo del envase, embalaje o empaque.
“Producto plástico de un solo uso: son aquellos que no han sido concebidos, diseñados o introducidos en el mercado para realizar múltiples circuitos, rotaciones o usos a lo largo de su ciclo de vida, independientemente del uso repetido que le otorgue el consumidor. Son diseñados para ser usados una sola vez y con corto tiempo de vida útil, entendiendo la vida útil como el tiempo promedio en que el producto ejerce su función”, dice la norma avalada por la Corte.
Esta medida fue diseñada con el propósito de reducir el empleo de este tipo de materiales en la vida cotidiana y de esta manera disminuir la contaminación generada por empaques plásticos que tardan más tiempo en descomponerse.
En el listado de productos que hacen uso del plástico solo una vez y que tendrán dicho impuesto están:
- Granos (arroz, lentejas, fríjoles, garbanzos), 500 g, 0,2 %.
- Pasta, 500 g, 0,3 %.
- Aceite 1.000 ml, 0,4 %.
- Polvo para preparar bebidas achocolatadas, 400 g, 1,0 %.
- Leche condensada, 300 g, 0,6 %.
- Salsas y pastas (salsa rosada, mostaneza, vinagre, ají, tártara, pasta de tomate), 165 ml, 1,1 %.
- Galletas saladas, 9 paquetes, 250 g, 1,3 %.
- Harina de maíz, 1.000 g, 0,3 %.
- Chocolate, 500 g, 0,2 %.
- Agua, 500 ml, 1,8 %.
- Kumis, 300 ml, 1,3 %.
- Leche, 900 ml, 0,5 %.
- Bebidas de malta, 200 ml, 2,6 %.
- Jugo (presentación no familiar), 300 ml, 4,1 %.
- Jabón de tocador líquido, 2.500 ml, 1,3 %.
- Suavizante, 1.000 ml, 2,6 %.
- Detergente líquido, 3.000 ml, 3,4 %.
- Detergente en polvo, 500 g, 0,6 %.
- Champú, 400 ml, 1,8 %.
- Papel higiénico x 4 rollos, 0,5 %.
Una medida que también afectaría los bolsillos de los colombianos junto al impacto de la inflación, que para algunos empresarios y expertos este impuesto generaría graves consecuencias para la industria y el empleo, según Acoplásticos.
Desde la perspectiva de Acoplásticos, son varias las complicaciones que se presentan, no solo porque deben asumir una obligación sin las reglamentaciones necesarias, con las cuales, se tendría el detalle de los caminos a seguir para cumplir con ese pago. Pero, además, la misma ley mencionada, que se refiere a los impuesto a al plástico en sus artículos 50 al 53, no es clara, según voceros del gremio.