SEMANA: ¿Cuáles son algunos de los cambios que van aprobados hasta el momento?
Karla Escobar (K. E.): Algunos de los cambios aprobados que se destacan son la laboralización de los contratos de aprendizaje, la cuota para monetizar aprendices que bajó a 1,5 salarios mínimos, el auxilio de conectividad obligatorio, la ampliación de la jornada nocturna, el incremento en el recargo de días dominicales y festivos.
SEMANA: ¿En qué cambia la estabilidad reforzada en el empleo?
K. E.: Cambia en el sentido en que ahora esos fueros son ley, es decir, se legaliza el fuero de prepensionado y la protección a las mujeres en estado de embarazo, cuya protección será hasta los seis meses de edad del menor. Adicionalmente, se obliga al empleador a reubicar al trabajador en situación de discapacidad o debilidad manifiesta en un cargo que pueda desempeñar, y si el trabajador no acepta, se deberá solicitar el permiso respectivo al Ministerio del Trabajo para la terminación del contrato.
SEMANA: ¿Cómo queda la jornada laboral y los horarios extras de los trabajadores?
K. E.: Se amplía la jornada nocturna, es decir, que comenzará desde las 7 p. m. y la jornada laboral será de 42 horas semanales, ocho horas diarias. La reducción de la jornada se hará de manera progresiva, como lo determinó la Ley 2101 de 2021. El pago establecido para las horas extras se mantiene, pero se generan obligaciones más precisas para los empleadores respecto al reporte de las horas extras y la información que debe darse a los trabajadores.
El cambio sobre la jornada sólo entrará en vigencia seis meses después de la sanción presidencial de la ley.
SEMANA: ¿Cambian las licencias de maternidad y paternidad?
K. E.: Se amplía la licencia de paternidad a cuatro semanas, progresivamente. Para 2025 será de tres semanas y para 2026 será de cuatro semanas. Sobre la licencia de maternidad y paternidad se extiende a personas adoptantes del mismo sexo.
SEMANA: ¿Qué es eso de la licencia de matrimonio?
K. E.: Se trata de un nuevo permiso que consiste en reconocerles a los trabajadores tres días hábiles por contraer matrimonio o por la unión marital de hecho debidamente declarada. Para su reconocimiento, se requiere del preaviso del trabajador y la presentación del documento idóneo que soporte el hecho, entre otras condiciones.
SEMANA: Hay disposiciones, por decirlo así, modernas, como una regulación para los animales de compañía en el trabajo. ¿Cómo está cambiando hoy la regulación para el empleo dadas las nuevas dinámicas de las personas?
K. E.: Considero que los cambios planteados por la reforma se quedan cortos en regular las nuevas dinámicas del empleo. El caso de los animales de compañía no necesitaba incluirse en la reforma, son políticas de bienestar que se pueden acordar con los trabajadores y no imponerse a través de una ley.
SEMANA: La reforma laboral ha sido fuertemente criticada por el sector privado. ¿Usted cree que están en riesgo empleos por cuenta de esta?
K. E.: Sí, totalmente, ampliar la jornada nocturna, incrementar el recargo para el domingo y el festivo, aun cuando este sea gradual, la laboralización del contrato de aprendizaje, las nuevas licencias remuneradas (comisiones sindicales, citas médicas, obligaciones escolares, atención de situaciones judiciales, administrativas, etc.), son disposiciones que le significarán mayores costos a los empleadores, lo que claramente reducirá la empleabilidad en Colombia y generará mayor informalidad.
SEMANA: ¿Qué riesgos nuevos se abren para un empleador formal con esta reforma?
K. E.: Se le incrementan los costos de nómina, lo que afectará directamente la sostenibilidad de las empresas y la creación de nuevos empleos, contrario a lo que se pretende con ella.