La primera recomendación y una de las más importantes para montar un bar en Colombia tiene que ver con el uso de suelos. Es de recordar que en determinados sectores de una ciudad no se pueden desarrollar ciertas actividades, como es el caso de los bares y expendios de bebidas alcohólicas, los cuales no pueden funcionar en determinadas zonas.
Así como tampoco una fábrica, no se puede instalar una zona clasificada como residencial, de acuerdo con el portal Gerencie.com.
Ahora bien, al no cumplir los requisitos de ley, se expone a posibles multas y sellamientos. Los establecimientos de comercio deben inscribirse en el registro mercantil, entendido ese como el instrumento legal que tiene como objeto llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y documentos del comerciante. El registro mercantil es tramitado en la Cámara de Comercio.
Requisitos:
- Adquirir el certificado de derechos de autor. Los establecimientos de comercio que hagan uso de música o difusión de cualquier obra protegida por derechos de autor, deben pagar los respectivos derechos.
- Adquirir el concepto sanitario. Todo establecimiento de comercio cuyo objeto social sea el expendio de productos alimenticios, debe disponer de su respectivo concepto sanitario.
- Certificado de seguridad. El certificado de seguridad es expedido por el respectivo departamento de bomberos, y busca que el establecimiento de comercio cumpla con las normas de seguridad.
- Control de pesas y medidas. Las pesas y medidas que se utilicen en el establecimiento de comercio, deben estar debidamente calibradas de manera tal que cumplan con su objetivo de forma exacta, puesto que vender productos con medidas y pesos diferentes a los reales, es sancionable.
- Lista de precios. El comerciante debe hacer públicos los precios de sus productos, lo cual puede hacer colocándolos en el empaque o en el envase, o en una lista general visible.
- Inscripción en el RUT. Todo comerciante debe inscribirse en el RUT, y en el caso de ser un comerciante perteneciente al antiguo régimen simplificado, hoy no responsable del IVA, deberá exhibir el RUT en un lugar visible del establecimiento de comercio.
- Informar al comandante de la policía sobre la apertura del establecimiento de comercio. Antes de abrir al público el establecimiento de comercio, debe comunicarse tal hecho al comandante de la estación de policía más cercano al sitio donde funcionará el establecimiento de comercio.