La Superintendencia de Industria y Comercio abrió investigaciones administrativas en contra de Nanocred Colombia por las presuntas vulneraciones al régimen de protección al consumidor, en el marco de las operaciones de crédito que realiza a través de la aplicación Profin.
Estas investigaciones se abrieron luego de una averiguación preliminar que incluyó requerimientos de información y visitas de inspección al establecimiento de comercio en el que opera la sociedad Nanocred Colombia y a la aplicación Profin.
En el marco de la investigación, la Superintendencia encontró mérito para iniciar investigación administrativa contra esa sociedad al evidenciar que en al menos 20 créditos se estaría haciendo el cobro de intereses a los consumidores por encima del límite legalmente permitido.
Otras de las infracciones en las que estaría incurriendo esta compañía son:
- Información engañosa, al indicar a los consumidores que el cargo por el uso de la plataforma es “opcional”, cuando -aparentemente- el cobro se hace de manera automática por el sistema y los consumidores no tienen la posibilidad de renunciar a tal cobro. Además, por no suministrar información suficiente, precisa y oportuna en el contrato de préstamo, en relación con los descuentos que se brindarán a los consumidores por el empleo de la plataforma.
- Publicidad engañosa, al incluir la afirmación “Profin es una marca vigilada por la Superintendencia De Industria Y Comercio (SIC). Por eso mismo cuentas con la tranquilidad de que, nuestro servicio está completamente reglamentado y avalado”. La SuperIndustria aseguró que no es su función vigilar marcas ni otorgar avales para el desarrollo de las actividades comerciales a las que hace referencia esta compañía.
- Falta de información, al no suministrar al consumidor la información que debe constar por escrito relacionada con el lugar de la suscripción del contrato, el domicilio de la sociedad y la tasa de interés máxima legal vigente al momento de la celebración del contrato.
- Usura, al cobrar en las operaciones de crédito intereses por encima del límite máximo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia.
- Información incompleta, al no suministrar a los consumidores, dentro de la aplicación “Profin App”, los datos acerca del nombre y número de identificación tributaria de Nanocred Colombia, ni su dirección de notificación judicial. Así mismo, por no suministrar información clara a los consumidores respecto a los servicios que ofrecen, ni las características de estos.
- No contar con mecanismos de atención de PQRS, al no disponer de mecanismos para que los consumidores puedan radicar sus peticiones, quejas y reclamos, con fecha y hora de radicación y un mecanismo para su seguimiento, ni de un enlace visible para que los consumidores puedan ingresar a la página de la Superintendencia de Industria y Comercio.
- No atender los requerimientos de información realizados por la SuperIndustria, lo cual podría configurarse como una violación a las órdenes impartidas e incumplimiento de instrucciones por parte de esta entidad.
La Superintendencia de Industria y Comercio recordó a los consumidores que, en el marco de las competencias para vigilar las operaciones mediante sistemas de financiación, la entidad no otorga ningún aval frente al cumplimiento de la normatividad por parte de estos comercios electrónicos o aplicaciones, por lo que, en caso de advertir el uso de proclamas en tal sentido, los consumidores pueden denunciar dicha situación.
De confirmarse la vulneración por parte de Nanocred Colombia los cargos imputados, se podrán imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada violación, es decir, unos 2.000 millones de pesos.
Otra investigación por protección de datos personales
La Delegatura de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio, también abrió investigación a Nanocred Colombia al evidenciar que, presuntamente, mediante la app Profin se recolectan datos personales y de carácter sensible durante la solicitud de créditos digitales, sin contar, al parecer, con la autorización previa y expresa e informada y sin que los titulares de los datos otorguen la autorización previa y expresa.
Así mismo, se evidenció que, presuntamente, no se les informa a los usuarios las finalidades específicas para las cuales se recolectan sus datos ni los derechos que les asisten en virtud de dicha autorización.
Adicionalmente, se evidenció, de manera preliminar, que la compañía, en el ejercicio de la gestión de cobranza, contacta a las personas, cuyos datos son suministrados por el solicitante del crédito a modo de referencia, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de estas.
De llegarse a comprobar la violación al Régimen de Protección de Datos Personales Nanocred Colombia podrá ser sancionada con multas de carácter personal e institucional hasta por 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y/ o la suspensión de sus actividades de tratamiento de datos personales o el cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el tratamiento de datos sensibles.