Como consultor en finanzas sostenibles, una de las preguntas más comunes que recibo de las instituciones financieras (IF) es: ¿por qué tenemos que hacer eso si no es obligatorio?
Además de mencionar el potencial de generación de valor de los temas ambientales, sociales y de gobernanza (ASG), siempre resalté que adelantarse a las normas y estar preparado para cuando estas lleguen puede resultar en una ventaja competitiva para la entidad.
Bien, este momento llegó: a través de ISSB/IFRS¹, las cuestiones ASG se convertirán de modo sistémico en normas para el sector financiero (y las empresas en general).
Para entender la importancia de este movimiento, vale la pena dar unos pasos atrás. El ISSB fue creado por la IFRS Foundation para responder a la creciente demanda de inversionistas, sociedad civil y otras partes interesadas en el desempeño ASG de las empresas.
Es importante notar que IFRS Foundation es la misma entidad que apoya la definición de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) a través de su otro board de estándares, el IASB² , normas que son aplicadas por 168 jurisdicciones en el mundo, representando un 98 % del PIB global.
Este hecho denota la intención de equiparar la información ASG con la información financiera de las compañías, otorgándoles el mismo nivel de relevancia.
Este movimiento es sumamente relevante, pues se prevé que en unos años las directrices y recomendaciones, que hasta entonces eran voluntarias, se conviertan en directrices claras y estandarizadas, aplicables a los marcos normativos nacionales de gran parte del mundo.
Algunos países se adelantaron a eso. Un ejemplo es la Circular 031 de 2021 de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). Basada en las recomendaciones del TCFD³ y las métricas SASB⁴, fue el primer esfuerzo normativo formal de Colombia para que los emisores de valores divulguen el impacto financiero y el desempeño en temas climáticos, ambientales y sociales.
Recientemente, la SFC divulgó un concepto que indica que, hasta la normalización técnica de las NIIF para sostenibilidad, los informes deben seguir respetando lo establecido en esta circular y las recomendaciones y métricas de las iniciativas subyacentes.
Otras iniciativas similares pueden ser destacadas, como la inclusión del clima en la directriz de reporte de temas no financieros por la Unión Europea ya en 2019 (Directriz “NFRD” 2014/95/EU) o la obligación del establecimiento de una política de responsabilidad ambiental, social y climática por instituciones financieras brasileñas, establecida por el Consejo Monetario Nacional (CMN) de Brasil también en 2021 (Res. CMN 4.945/21).
Aunque basadas en principios similares (recomendaciones TCFD, principalmente), los plazos y los modos de implementación de las directrices de estas normativas son distintos, así como los contextos nacionales.
Esto dificulta, por ejemplo, la comparación directa entre el desempeño de IF y su adecuación a la realidad local. En este ámbito, además de proporcionar un incentivo para que más IF avancen en temas ASG —para reportar es necesario, obviamente, avanzar en acciones concretas—, las normas ISSB/IFRS también permitirán una mayor comparabilidad y trazabilidad de los resultados ASG de las entidades.
De hecho, las normas IFRS para sostenibilidad se valen de la estructura de las recomendaciones del TCFD, que dejará de existir en 2024 por haber cumplido con su objetivo. Así, hay cuatro conjuntos de información a ser divulgados por las entidades: gobernanza corporativa, estrategia, gestión de riesgos, y métricas y objetivos.
Asimismo, dichas normas son más amplias —yendo más allá de los temas climáticos— y profundizadas —con directrices más claras— que las recomendaciones TCFD. En primer lugar, hasta el momento hay dos estándares: el S1, sobre riesgos y oportunidades en sostenibilidad de modo general; el S2, enfocado en los riesgos y oportunidades climáticos.
En ambos casos, los requerimientos de divulgación son más específicos en comparación con las divulgaciones recomendadas del TCFD. Eso, por un lado, permite que los stakeholders arrojen más información relevante de los reportes de las empresas; también facilita para ellas entender específicamente qué y cómo reportar.
Además, es esperado más material orientador por parte de ISSB a lo largo de los próximos meses.
Los avances no paran por ahí. El Comité de Basilea para Supervisión Bancaria, por ejemplo, tiene abierta una consulta pública sobre cómo incorporar los riesgos financieros climáticos al pilar tres (incentivo al mercado a través de requerimientos de información sobre la toma de riesgos).
En otros términos, están buscando complementar el trabajo del ISSB con la solicitud de información cuantitativa y cualitativa sobre clima para bancos alrededor del mundo.
Con eso, debe tenerse en cuenta que las normas ISSB/IFRS no son el fin de la historia. Nuevas, más amplias, profundas y complejas normas van a seguir llegando. Por lo tanto, como consultor en finanzas sostenibles, sigo diciendo: adelantarse a las normas y estar preparado para cuando estas lleguen puede resultar en una gran ventaja competitiva para la entidad. Pero, ahora, complemento: eso ya está pasando (y estén especialmente atentos a los temas de naturaleza y biodiversidad).
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¹ International Sustainability Standards Board (ISSB), de la International Financial Reporting Standards (IFRS) Foundation.
² International Accounting Standards Board (IASB).
³ Taskforce on Climate-related Financial Disclosures (TCFD).
⁴ Sustainability Accounting Standards Board (SASB).