A partir del próximo domingo 7 de julio, los colombianos que vayan a mercar frutas y verduras, acostumbrados a cargar las bolsas reutilizables para llevar sus compras, ya no se van a encontrar con los rollos de bolsas transparentes en las que empacan la mercancía a granel. Estas quedarán prohibidas como parte de la lucha del país contra los plásticos de un solo uso.
Igualmente, quienes mandaron su ropa a la lavandería, cuando la reclamen, verán que las prendas ya no vendrán protegidas por un plástico ni tampoco las revistas que lleguen a sus casas. Ya no se encontrarán pitillos ni mezcladores que no sean de papel o de plástico biodegradable, y los soportes de plástico de las bombas decorativas también serán cosa del pasado. Hasta ahí es una medida que tiene sentido y replica disposiciones internacionales proclamadas por la ONU hace más de diez años. Sin embargo, el quid del asunto está en la efectividad de su implementación, en especial, en el comercio pequeño e informal, así como entre los consumidores.
A eso se suma que la Ley 2232 de 2022, que les da vida a estas medidas, establece una serie de excepciones y, por lo tanto, los rollos de bolsas transparentes no desaparecerán de tiendas y supermercados, pues seguirán siendo permitidas para empacar proteína animal, así como aquellas frutas que no tengan cáscara, como la mora. Esto implicará que los comerciantes desarrollen algún sistema que lleve a sus clientes a usar las bolsas solo para lo permitido.
Mientras que los grandes supermercados y el comercio formal serán fáciles de vigilar para verificar el cumplimiento, no está clara la capacidad del Estado a fin de supervisar los miles de tiendas que venden frutas y verduras en bolsas de plástico.
Fabián Cárdenas, profesor del Departamento de Derecho Económico de la Universidad Javeriana, dice que el problema no es la ley, pero sí la falta de políticas públicas para su implementación. Se debería incluir una transición que haga menos gravosa la eliminación de los plásticos de un solo uso, así como campañas de divulgación, que no se hicieron en los dos años después de aprobada la norma. Teme que la prohibición tenga un alto grado de ineficacia por mucho tiempo.
Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos, explica que, si bien los empresarios del sector se han transformado con grandes inversiones para adoptar materiales biodegradables y plástico reciclado –que seguirán permitidos–, un 4 por ciento de la industria plástica nacional, equivalente a entre 9.000 y 10.000 empleos, se afectará por esta primera etapa de restricción, pues más adelante, en 2032, se prohibirán artículos como desechables, botellas o empaques de plástico.
“El Gobierno no ha desarrollado un plan de reconversión para esas primeras empresas afectadas, que ya no podrán usar material petroquímico virgen y tendrán que pasarse a una alternativa reutilizable para poder sobrevivir. Se necesita más capacitación y nuevas inversiones, y el riesgo es perder clientes porque los nuevos productos tienen un precio mayor”, dice el dirigente gremial. También opina que estas transiciones generan más oportunidades que sacrificios, sobre todo, en la economía circular.
Los comerciantes agremiados en Fenalco solicitaron que se otorgue un periodo de transición que abarque 2025 y 2026 para ajustarse a las nuevas prohibiciones, pues requieren un trabajo adicional con sus proveedores para evaluar el tipo de plástico que utilizan.
Un empresario del sector de lavanderías confía en que el proveedor de los plásticos con los que protege la ropa limpia logre tener a tiempo un producto biodegradable que no encarezca mucho el servicio y apenas a una semana de que entre en vigencia. Su plan es meter las prendas en forros hechos con tela tipo quirúrgica mientras llega el cliente y, al momento de entregar la ropa, esta solo iría en gancho y que la persona la cuide de ahí en adelante para que no se vuelva a ensuciar. Cree que la opción a futuro es que cada uno compre su forro de tela quirúrgica y lo lleve cada vez que recoja la ropa.
Su preocupación es válida, pues la ley de plásticos de un solo uso establece multas desde 100 hasta 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y clausura temporal o definitiva del establecimiento. Es una medida necesaria, pero con mucho por resolver.