El presidente de Ecopetrol convocó este martes, 19 de diciembre, a una reunión extraordinaria de la Asamblea General de Accionistas que se realizará el 10 de enero de 2024, desde las 8:30 a.m., en el edificio principal de Ecopetrol S.A. ubicado en la carrera 13 No. 36 - 24 de Bogotá.
La asamblea de accionistas, que se anunció luego de la más reciente reunión de la junta directiva de la compañía, será para llevar a cabo la presentación y aprobación de Reforma Estatutaria.
Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con la Escuela de Negocios de la Innovación y los Emprendedores, un estatuto es un documento que establece las reglas básicas que rigen el funcionamiento de una sociedad.
“Define la estructura y las características de la empresa. Entre otras cosas, este documento recoge su objeto social, la forma jurídica que adopta, su capital social, la duración de su existencia y el régimen de administración y gestión”, según explica.
Es importante recordar que la Asamblea será transmitida en directo vía streaming en la página web de la empresa, y el proceso de votación se realizará de manera electrónica.
“Se solicita que los accionistas asistan a la Asamblea con sus dispositivos móviles inteligentes. En caso de no contar con un dispositivo con las características requeridas, la compañía tiene previsto un mecanismo para que los accionistas puedan ejercer su derecho al voto”, especificó la empresa.
Del mismo modo, los accionistas podrán consultar la información de soporte de la Asamblea en la página www.ecopetrol.com.co/asamblea-ext2024 y los que no puedan asistir personalmente a la Asamblea podrán hacerse representar mediante poder otorgado por escrito a un apoderado de confianza, el cual debe reunir los requisitos establecidos en el artículo 184 del Código de Comercio. Los modelos de poderes, en español y en inglés, se podrán descargar en el mismo enlace.
Algunas medidas para garantizar la adecuada representación de los accionistas son que:
- Se informe sobre la facultad que tienen los accionistas de hacerse representar mediante la designación de un apoderado y señalar los requisitos legales de los poderes que se otorguen para tal fin.
- Se instruya a quienes se designen para verificar los poderes otorgados por los accionistas, quienes no podrán admitir como válidos los que no cumplan con los requisitos mínimos previstos en la ley, y que tampoco se recibirán poderes donde no aparezca claramente definido el nombre del respectivo representante.
- No se sugieran o determinen el nombre de los apoderados de los accionistas.
- No se sugieran, coordinen o convengan con los accionistas: (i) la presentación de propuestas en la Asamblea y/o (ii) la votación a favor o en contra de cualquier proposición que se presente en la Asamblea.
- No se otorguen poderes a personas vinculadas directa o indirectamente con la administración o con los empleados de Ecopetrol S.A.
- Sea la Vicepresidencia Jurídica el área responsable del proceso de revisión de los poderes y la verificación de los mismos.
- Sea la Vicepresidencia de Asuntos Corporativos y Secretaría General de Ecopetrol S.A., la responsable de velar por la implementación y cumplimiento de las anteriores medidas.