Cuando las aguas para EPM, con Hidroituango, parecían empezar a estar tranquilas, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios confirmó la sanción impuesta en noviembre de 2021, por un valor de $1.817 millones.
La entidad se ratifica en la sanción, la cual fue argumentada en el hecho de que el proyecto no se puso en operación el 1 de diciembre de 2018, como debió hacerse, según el cronograma.
Según la SuperServicios, este 31 de enero fue resuelto el recurso de reposición que presentó EPM, luego de que la entidad de vigilancia y control pusiera el visor en el retraso en la puesta en operación de Hidroituango. En su momento, la Superintendencia impuso una multa a la empresa de servicios públicos, pero fue objeto de apelación y es lo que ahora se resuelve.
En concepto de la Superintendencia de Servicios, “la empresa incumplió la fecha de inicio del periodo de vigencia de las obligaciones de energía en firme que le fueron asignadas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG, en subasta realizada en junio de 2008″.
No lograron desvirtuar la responsabilidad
En el curso del debido proceso, cuando se escucharon los descargos de EPM, la Superservicios pudo establecer que no se logró desvirtuar la responsabilidad por la no entrada en operación del proyecto.
Para la entidad de control, se configuró así un incumplimiento regulatorio, sin contar con que se presentaron riesgos de desabastecimiento de energía eléctrica en el país, teniendo en cuenta que la hidroeléctrica se proyectó para generar un 17 % de energía en Colombia, lo que evitaría la amenaza de un racionamiento.
Fue tal el temor de que no se contara con la energía suficiente, que las situaciones presentadas en Hidroituango trajo consigo, que la Creg tuvo que hacer una convocatoria de una nueva subasta de expansión para cubrir el déficit de energía, sin afectar el suministro a mediano plazo.
Natasha Avendaño García, superintendente de servicios, manifestó que “el equipo de la dirección de investigaciones de energía y gas pudo establecer que los argumentos presentados por EPM en el recurso de reposición no fueron lo suficientemente sólidos para descartar la sanción emitida el 18 de noviembre del año pasado”.
Normas incumplidas
Los incumplimientos de EPM que halló la SuperServicios, se relacionan con las normas que están descritas en los artículos 25 y 85 de la Ley 143 de 1994, y en el artículo 7 de la Resolución Creg 071 de 2006. Allí se mencionan las obligaciones especiales a los agentes con plantas y/o unidades de generación nuevas o especiales, entre ellas el cumplimiento de la entrada en operación de los proyectos en las fechas asignadas en las subastas.
Para el caso de EPM, la fecha de inicio de la operación de Hidroituango estaba prevista para el 1 de diciembre de 2018. Es decir, ya van más de 3 años de retraso, por lo que la SuperServicios señaló que frente a esta nueva resolución no procede ningún recurso y queda en firme la multa que debe pagar EPM dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de ejecutoria del acto administrativo.
Lo que dijo el gerente de EPM
Justamente en estos días, en Antioquia se está mostrando el avance que tiene la hidroeléctrica Iguango, la cual es de 87 %, mientras se anuncian los cronogramas para prender las primeras turbinas. El anuncio de que el 26 de julio se prenderá la primera turbina fue dado a conocer por el gerente de EPM, Jorge Carrillo, quien se refirió a la decisión de la SuperServicios: “Las sanciones siempre son inoportunas. No somos soberbios. Tratamos de aprender de cada sanción”.
El proyecto ha estado involucrado en una ola de dificultades jurídicas, entre las que se incluyen el fallo de responsabilidad fiscal proferido por la Contraloría General, que involucró a 26 personas, entre naturales y jurídicas, del cual, ya salió EPM, pues la misma entidad de control confirmó el cierre del capítulo, luego del pago de 4,3 billones de pesos por parte de las aseguradoras, recursos que entraron a apalancar la obra.