Colombia está transitando en una ruta digital no solo en sus sistemas de pago, sino de la economía en general, y las iniciativas para implementar las finanzas abiertas están sobre la mesa. Por ello, con la expedición del Decreto 1297 de 2022, se sumó a Brasil y a México como el tercer país que permite regulaciones guiadas a open finance u open banking. Para los expertos, más que una oportunidad, es un reto para el sistema financiero integrar las nuevas regulaciones de transferencia de datos del consumidor.

Con la expedición del Decreto 1297 de 2022, Colombia se sumó a Brasil y a México como el tercer país que permite regulaciones guiadas a open finance u open banking. | Foto: Getty Images

La Superfinanciera está trabajando en la expedición de la primera circular que reglamentará las finanzas abiertas, principalmente en temas relacionados con la definición de estándares tecnológicos de seguridad, las reglas que deberán cumplir las entidades financieras en materia de tratamiento de datos de sus consumidores y los lineamientos con relación a la comercialización de tecnología e infraestructura digital de las entidades financieras.

Camila Orrego, directora de Fintech en Cuatrecasas, comenta al respecto que “con la expedición de esta circular externa, se espera que entidades vigiladas y no vigiladas por la Superfinanciera puedan tener claridad de los estándares necesarios para poder hacer parte de las finanzas abiertas en Colombia”.

En ese sentido, Adriana Moreno, socia del área de Banca, Finanzas y Mercado de capitales de Gómez Pinzón, subraya que “las entidades financieras han venido ajustando sus modelos de negocio para distribuir sus productos y servicios ampliando su infraestructura tecnológica, y, al mismo tiempo, el Gobierno ha implementado desde 2014 una serie de documentos y normas en aras de crear un ecosistema que facilite la implementación del open finance”.

Camila Orrego, directora de Fintech de Cuatrecasas

Agrega que con este modelo se busca habilitar el intercambio de información del consumidor entre entidades financieras o con terceros, ya que además de compartir datos bancarios mediante interfaces denominados Application Programming Interfaces (API), contempla incluir datos de otras instituciones, permitiendo a las entidades financieras profundizar en el conocimiento del cliente, de forma tal que se logre un mejor perfil de su nivel de riesgo y así ofrecer servicios personalizados.

Orrego, de Cuatrecasas, dice que en el país hay fintech vigiladas por la Superfinanciera, las cuales han surtido de forma exitosa el proceso de constitución y funcionamiento. Entre ellas se destacan Mercado Pago, RappiPay y Bold. Igualmente, hay fintech no vigiladas, como es el caso de Tpaga, Mono, Belvo, que no requieren ser entidades financieras para prestar sus servicios. “La vigilancia dependerá del modelo de negocio que cada fintech tenga, con lo que se analizará si se requiere o no de la supervisión y vigilancia de la Superintendencia”, concluye.

Julián Aguirre, director de Fintech de Posse Herrera Ruiz, explica que Colombia ha dispuesto de una serie de reglas que soportan a los distintos agentes del mercado para transitar hacia un escenario en el que los datos personales que han recopilado en el marco de sus actividades puedan fluir hacia otros que tengan interés en acceder a ellos, procesarlos y usarlos para la generación de valor en sus operaciones.

Impulso del PND

Aguirre afirma que esas reglas recibieron un nuevo impulso con el actual Plan Nacional de Desarrollo (PND), en el que, teniendo como norte profundizar la inclusión a partir de la promoción de la competencia y la innovación en los mercados financieros, se ha dispuesto que las entidades estatales y las personas jurídicas de naturaleza privada deberán dar entrada y suministrar la información que pueda ser empleada para facilitar el acceso a productos y servicios financieros.

Adriana Moreno, socia de Gómez Pinzón | Foto: PATRICIA REDONDO RUIZ

El PND servirá de base para fortalecer la portabilidad de productos financieros, esto es, el derecho de los consumidores para trasladar sus productos entre entidades vigiladas por la Superfinanciera. Además, explica Aguirre, el mandato de interoperabilidad de los sistemas de pago de bajo valor generará un incremento en la oferta de alternativas de pago para los consumidores, lo cual seguramente redundará en mejores precios, condiciones de seguridad, más eficiencia y una mayor inclusión financiera.

¿Quién regula a las fintech en el país?

Ante esta pregunta, Aguirre, de Posse Herrera Ruiz, aclara que las fintech no son un tipo de entidad específica sino un modelo de negocio en el que la tecnología es el principal inductor de valor operacional.

Julián Aguirre, director de Fintech de Posse Herrera Ruiz

“Por eso, para saber quién las regula es indispensable entender en qué consiste su modelo de negocio”. En términos generales, “las actividades realizadas por las fintech están reguladas de manera general, y dichas entidades no se encuentran sujetas a supervisión plena. Sin perjuicio de lo anterior, les aplica la regulación general en materia de límites a las tasas de interés, protección al consumidor, protección de datos personales y reglas de prevención de lavado de activos y de financiación del terrorismo”, dice Adriana Moreno, de Gómez Pinzón. La supervisión, entonces, está a cargo de diferentes entidades como las Superintendencia de Sociedades y la de Industria y Comercio, entre otras.