Para las empresas farmacéuticas, según el Régimen de control directo de precios, que le pone freno a las especulaciones en el cobro por el suministro de ciertos medicamentos, es obligatorio reportar la información de los precios.
Sin embargo, la empresa farmacéutica Eli Lilly Interamericana Inc se habría mostrado renuente a suministrar dicha información y procedió a obstruir la visita de inspección en sus instalaciones que le fue a realizar la Superintendencia de Industria y Comercio.
En consecuencia, la entidad de control y vigilancia le inició una investigación administrativa a la empresa farmacéutica mencionada.
Eli Lilly Interamericana es una compañía filial de Eli Lilly and company, según registra en su página web. Su misión es la investigación y desarrollo de productos farmacéuticos para las áreas de oncología, cuidado crítico, neurociencias, cardiología, endocrinología, entre otros. Es decir, en general son los más caros. La compañía tiene marcas reconocidas como Hutrope, cymbalta, Prozac y Cialisis.
En el contexto del Régimen de control directo de precios que se aplica en Colombia, la Superintendencia de Industria procedió a realizarle a Eli Lilly una visita de inspección, lo cual se produjo el 5 de julio, según la entidad de vigilancia. A su llegada a las instalaciones de la farmacéutica, encontró que se abstuvieron de atender y de suministrar la información previamente solicitada.
De esa manera, la SuperIndustria considera que obstruyeron la labor de inspección, vigilancia y control que tiene a su cargo la SIC.
Por ello, para la Superintendencia, la empresa habría incurrido en la presunta conducta sancionable contenida en el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011.
Multas hasta por 2.000 salarios mínimos
Para la Superintendencia de Industria y Comercio, ya se ha hecho amplio énfasis en que el régimen de control directo de precios de medicamentos es una medida esencial adoptada por el Gobierno Nacional para asegurar que los recursos públicos asignados al sector salud sean utilizados de manera eficiente y que los medicamentos estén disponibles a precios justos y accesibles para toda la población.
En este contexto, las visitas de inspección son las que le permiten a la entidad verificar que, entre otros, las empresas farmacéuticas cumplan con la normatividad vigente, lo cual incluye la obligación de proporcionar la información requerida y facilitar las diligencias de inspección.
En el evento de que se comprueben las conductas imputadas, las normas establecidas en el país podrían llevar a que la Superintendencia de Industria y Comercio imponga multas que pueden llegar a ser de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes.
Según la SuperIndustria, la decisión adoptada “no implica prejuzgamiento alguno de las conductas investigadas”.
Así las cosas, contra el inicio de la investigación “no procede recurso de apelación”, concluye la entidad.