El pasado 16 de marzo, el Gobierno Nacional radicó su reforma laboral, proyecto con el que buscaría cambiar las condiciones laborales de miles de personas y también algunas dinámicas de las empresas.
El proyecto, que fue acompañado por la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, cambiaría las reglas en los contratos de trabajo, sobre todo en los de los domiciliarios de las aplicaciones.
De hecho, el documento de la reforma, que aborda 82 artículos, tiene uno exclusivamente dirigido al “trabajo en plataformas digitales tecnológicas de reparto”.
Qué contrato tendrán los domiciliarios de las apps
Entre el artículo 23 y 28 de la reforma se establecen las reglas de juego para empresas como Rappi, Didi Food, Uber Eats y otras plataformas que sirven para pedir domicilios o una actividad relacionada.
En primer lugar, establece que los trabajadores que laboran en empresas que funcionan bajo una aplicación de reparto deben ser vinculados mediante contrato de trabajo y gozarán de todos los derechos laborales y garantías previstas. El parágrafo del artículo 23 también asegura que en esta modalidad de contratación no se podrá pactar cláusula de exclusividad, por lo que los domiciliarios podrán trabajar en diferentes plataformas al tiempo.
También establece que las empresas deberán afiliar a sus trabajadores a la seguridad social en calidad de dependientes. Allí deberán hacer los reportes respectivos a las entidades recaudadoras de estos aportes e informar a su empleado cuántas horas laboró al mes y cuál es el equivalente a las semanas de cotización.
Además, estos trabajadores tendrán el derecho de ser informados sobre qué sistemas automatizados y de supervisión se utilizan para hacer un seguimiento y supervisar su labor.
El documento también dicta que un trabajador o trabajadora de estas empresas no podrá ser suspendido, restringido o cancelado de la plataforma, o retenida su remuneración injustificadamente.
Reforma laboral podría destruir 100.000 empleos en empresas de servicios
El gremio de empresas de servicios temporales, Acoset, salió en defensa de este tipo de empleadores. Inclusive, pidió desmontar el estigma que se ha creado alrededor de la tercerización laboral, componente del mercado laboral que, según dijo Miguel Pérez, presidente del gremio, ha sido malentendido en el país.
Está en riesgo el 5 % del empleo
Al decir de Pérez, con la reforma laboral, como está, si no le hacen los ajustes por los que aboga Acoset, estaría en riesgo de perderse el 5 % del trabajo formal en el país, en un contexto en el que la informalidad pulula, pues, aunque bajó la tasa de desempleo a 10 %, la mayor parte de los trabajos son por cuenta propia.
Mientras tanto, señala Pérez, las empresas temporales aportan puestos de trabajo formales, solo que no son por largas temporadas y así lo requieren los empleadores. Por ejemplo, un cultivo de flores no necesariamente necesita tener un trabajador todo el tiempo, con un contrato que puede, inclusive, resultar contraproducente para sus ingresos, pues le quita la oportunidad al ciudadano de ir a otro trabajo, cuando no se requiere su mano de obra para recoger la cosecha, por ejemplo.
El dirigente gremial enfatizó en que “no puede meterse en una misma bolsa las diferentes clases de tercerización que existen en Colombia, no puede confundirse la tercerización de bienes y de servicios, con la tercerización laboral, y mucho menos, referirse a precarización o informalidad, cuando se habla de sectores tan formales y fundamentales para solucionar los verdaderos problemas que ocupan el país , como lo son la informalidad y el desempleo.
Las empresas de servicios temporales no deberían estar en las discusiones de un proyecto de reforma, vigilen, inspeccionen, pero no afecten los sistemas que funcionan, es hora de que el gobierno clarifique lo que es legal de lo que es ilegal”.