Hace pocos días se reveló el fallo de responsabilidad fiscal por el caso de Reficar. Allí se encontró que cinco exfuncionarios, cuatro empresas contratistas y siete miembros de la junta directiva tendrán que entrar a responder por un total de 2,9 billones de pesos.

Las alarmas en torno a la refinería de Cartagena se encendieron en el momento en que se conoció que la inversión total en el proyecto fue de 8.016 millones de dólares, cuando en un principio se había calculado que costaría 3.777 millones de dólares.

Si bien para muchos este fallo es oportuno y demuestra la eficacia de la Contraloría, el tema tiene más aristas. Algunos expertos que han seguido de cerca el proceso señalan que la determinación carece de argumentos técnicos y explican que lo sucedido en Reficar no fue un caso de corrupción o detrimento patrimonial, sino más una subvaloración de costos.

Un informe de más de 100 páginas llamado ‘El caso Reficar’, escrito por Gloria Valencia, Jaime Millán, Juan Ricardo Ortega y Héctor Riveros, entre otros, expone que lo ocurrido con la Refinería de Cartagena está más relacionado con problemas de planeación.

Aunque el documento reconoce que desde el inicio del proyecto hubo graves inconvenientes de planificación, estos serían producto de errores en los cálculos, cometidos por el contratista Chicago Bridge & Iron Company (CB&I). Bajo esta perspectiva, se explica que si bien estos equívocos en el proceso son “inexcusables”, no se puede concluir que ocurrió “un desfalco orquestado”.

Para muchos, la responsabilidad solidaria que les endilga la Contraloría a los miembros de la junta directiva, conformada por personas de gran trayectoria como Javier Genaro Gutiérrez, Pedro Alfonso Rosales, Diana Calixto, Henry Medina, Hernando José Gómez, Natalia Gutiérrez y Uriel Salazar, sienta un precedente negativo para futuros proyectos, pues queda claro que la función de la junta directiva se restringió a dar lineamientos estratégicos.

De acuerdo con la defensa de la junta directiva, la Contraloría no halló ninguna conducta que se pudiese catalogar como un acto de corrupción. Y, además, en el fallo se acoge el argumento de que se incumplió con una expectativa de rentabilidad calculada con base en un costo inicial subestimado. “El que se alcance o no la expectativa de rentabilidad es algo que solo se sabe con certeza al final de la vida útil de la refinería, y en todo caso, aun cuando no se logre tal rentabilidad, ello no constituye un detrimento patrimonial”, agregó la defensa.

felipe córdobaContralor general

Por otro lado, no se podría asegurar, como indica la Contraloría, que se haya cometido el mayor daño al patrimonio público en la historia del Estado colombiano, pues en este momento la refinería está operando y maneja tasas de retorno positivas.

Los efectos de este fallo proferido por la Contraloría no son menores, ya que obligan a los miembros a responder con su patrimonio personal, desconociendo que hubo factores imprevisibles durante la ejecución de la obra. Este tipo de decisiones provoca temor y afecta el actuar de los funcionarios públicos y la ejecución de futuros megaproyectos, pues pueden darse diversos hechos en medio del desarrollo de una obra de este tamaño y dimensión.

Así mismo, el fallo podría ser un tiro en el pie, sobre todo si se tiene en cuenta que hay un proceso arbitral en tribunales internacionales entre Reficar y CB&I. Para expertos en el tema, el fallo se puede convertir en un insumo para que la empresa contratista, que sería el único actor que tiene la caja para responder por los sobrecostos, no responda.