La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció la formulación de pliego de cargos a las sociedades Plano Constructivo S. A. S., ColCivil S. A. S. y Promotora Calle 47 S. A. S., con el fin de determinar si hubo o no responsabilidad de parte de las constructoras al garantizar la seguridad y calidad del proyecto.
La entidad revisará si las constructoras “incumplieron con la obligación de poner en el mercado inmuebles de calidad y en condiciones de seguridad e idoneidad”.
Esto último, basado en un informe de la Sociedad Colombiana de Ingenieros de mayo de 2020 en el que se realizó una verificación a la estructura de la Torre 1 del Proyecto Multifamiliar Aquarela, siguiendo lo dispuesto en la Norma Sísmica NSR-10, y en el que se señalan las siguientes deficiencias estructurales de la edificación:
- A la estructura le hace falta un 30 % de rigidez global y más de un 90 % de resistencia en una cantidad considerable de muros estructurales para cumplir los requerimientos del reglamento NSR-10.
- La cantidad de pilotes no son suficientes para soportar la solicitación de carga gravitacional de la estructura, teniendo en cuenta la capacidad indicada en el Estudio de Suelos.
- En la placa de la cubierta del piso 30 se encontraron viguetas que no cumplen con el estado límite de flexión.
- La mayoría de los muros estructurales no cumplen con la cuantía mínima requerida en la NSR-10, referente al requerimiento de elementos de borde en los extremos laterales de los muros, pues en el diseño se estipuló que los muros serían de 0,15 m de espesor, lo cual consideran que no configuraría un borde efectivo y adecuado en muros.
- Respecto a la resistencia al fuego, indicó que el espesor de las placas tampoco cumpliría con lo consagrado en la NSR-10, pues es necesario un espesor mínimo de 80 mm y en el plano se estipula que sería de 50 mm.
- La secuencia de falla que probablemente se presentaría en la edificación comenzaría en los muros de los primeros niveles, que fallarían por flexocompresión ante el sismo de diseño requerido según el reglamento NSR-10; de manera simultánea fallarían las viguetas de los primeros niveles y se presentarían grandes desplazamientos en los pisos superiores. Dado lo anterior, el edificio perdería gran parte de su capacidad, lo que podría significar la generación de una falla global ante el sismo de diseño requerido según el reglamento NSR-10.
“Hemos recabado información de diferentes autoridades. De otra parte, también se revisará si una de las empresas (Promotora Calle 47 S. A. S.) potencialmente se encuentra induciendo a error a los consumidores, pues a través de páginas web de su propiedad ha venido haciendo proclamas engañosas y afirmaciones que pueden inducir a error a los consumidores”, dijo el superintendente Andrés Barreto.
Entre las afirmaciones de la sociedad reunidas por la SIC se resaltan: “No existe solicitud @UNESCO donde se pida demolición del edificio”, “Realidad: Estudio de la SCI fue hecho con base en información errónea e incompleta (…)”, las cuales han sido divulgadas en internet.
Ante este anuncio, la constructora Promotora Calle 47 S. A. S. se pronunció y señaló que aún no ha sido notificada sobre el pliego de cargos.
“Fiel a su proceder, el consorcio que reúne a los constructores estará presto para demostrar en las instancias legales requeridas, el rigor y la calidad técnica de la obra, así como las pruebas que ratifican la seguridad, idoneidad y demás características que prueban los estándares de los inmuebles en proceso de construcción”, señaló la sociedad a través de un comunicado.
La historia alrededor de esta construcción, que ha puesto en riesgo la denominación de Patrimonio Cultural de la Unesco que tiene Cartagena, se sigue escribiendo.
El pasado mes de junio la Alcaldía del Distrito junto al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD) y el Ministerio de Cultura firmaron un nuevo convenio que establece un año más de plazo para llevar a cabo la demolición de la construcción, para dar cumplimiento a la orden de la inspectora de Policía de la Unidad Comunera de Gobierno No. 2 del Distrito. En el mismo, se establecieron recursos que se aportarán desde cada frente para cumplir el fin.
Pese a esto, las constructoras se siguen negando al hecho y aseguran que no hay ninguna orden judicial vigente que ordene la demolición.