La Sala Primera de Decisión Civil del Tribunal Superior de Medellín tuteló el derecho fundamental al debido proceso de Aguas Nacionales EPM (ANEPM), Empresas Públicas de Medellín (EPM) y Área Metropolitana del Valle de Aburrá, vulnerado por el Juzgado Primero Civil Circuito de Bello.
Debido a lo anterior, la Sala Primera de Decisión Civil del Tribunal Superior de Medellín dejó sin efecto la medida cautelar de embargar las cuentas de las tres entidades accionantes, adoptada por este Juzgado el 22 de julio de 2021.
“La sala justificó el amparo constitucional en que el juzgado se alejó de lo previsto en el ordenamiento procesal al decretar una medida cautelar sin análisis de razonabilidad, necesidad, ni proporcionalidad. La medida tampoco contiene valoración, no expone razones ni evidencia motivación o ponderación al no haber considerado el perjuicio irremediable con una decisión que recae sobre bienes destinados a la prestación de un servicio público”, explicó EPM.
Además, el juzgado tutelado tampoco decidió los recursos de reposición interpuestos por ANEPM y EPM el 3 de agosto de 2021.
Hay que mencionar que el embargo que tenía EPM fue por una demanda interpuesta por un grupo de personas que se ha visto afectado por los malos olores que emana el proyecto Aguas Claras en Bello, Norte del Valle de Aburrá.
Los afectados pretendían encontrar una reparación por los daños a sus propiedades, al considerar que han tenido una devaluación de más del 50 % desde que la planta de tratamiento de aguas empezó a funcionar.
Otros embargos
Es de recordar que en diciembre del 2020 la Contraloría encontró como presuntos responsables fiscales de las fallas en la construcción de HidroItuango a cuatro consorcios, conformados por siete empresas en total.
Y es que el 28 de abril de 2018 se presentó un derrumbe en el túnel de desviación de la obra, por lo que el proyecto Hidroituango tuvo que entrar en contingencia por los factores de riesgos que presentaba.
La obra habría sido adelantada sin los estándares de calidad iniciales, según el documento entregado por el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, a la Fiscalía General de la Nación en 2020.
Meses atrás, la Contraloría ordenó el embargo de la firma Integral S.A. explica, en el auto MC061, que serán embargados y retenidos “los dineros depositados o que lleguen a depositarse en las cuentas bancarias de titularidad de esta compañía” hasta por la suma de cuatro billones doscientos treinta mil pesos ($4.230.000.000.000).
La compañía Integral S.A. hace parte del Consorcio Generación Ituango, diseñador y asesor de la obra entre los años 2008 y 2015. En diciembre de 2020 la Contraloría General de la República reveló que le imputarían cargos a la compañía en mención y a Integral Ingeniería de Supervisión S.A.S por las conductas de deficiente asesoría, precaria modificación en diseños para incorporación GAD y omisiones de las advertencias del BOARD de expertos.
Pese a esta decisión, el ente de control no ordenó embargar las cuentas de EPM por lo sucedido en HidroItuango.
El desastre que generó el desplazamiento de miles de personas de Valdivia, Puerto Valdivia e Ituango, está siendo investigado por las autoridades por las fallas en la construcción de la hidroeléctrica.
Luego de conocerse el embargo a las cuentas de los constructores de Hidroituango, la calificadora Moody’s, una de las tres más grandes que hay, puso en el aire un nuevo ingrediente en el brumoso asunto alrededor de esta megaobra.
Roxana Muñoz, analista de Moody’s Investors Service, dijo que “la orden de embargo a las cuentas de contratistas de Hidroituango podría retrasar el inicio de operaciones del proyecto esperado para mediados de 2022, lo cual sería un factor crediticio negativo para EPM”.