Una de las constructoras que en el pasado fue de las principales del país y que ahora está en liquidación, se volvió famosa en Colombia por hechos de corrupción.
El llamado Grupo Empresarial Vías de Bogotá, que lideraba Conalvías, fue investigado por el pago de sobornos para obtener el contrato de construcción de la calle 26, que ya tenía incumplimientos del Grupo Nule, en uno de los escándalos más grandes que haya tenido el sector de infraestructura.
Ahora, la Superintendencia de Sociedades anunció que, en ejercicio de las competencias previstas en la Ley 2195 de 2022, “decretó por primera vez en Colombia la apertura de una investigación administrativa y la formulación de cargos en contra de la Sociedad, en el marco del régimen de responsabilidad administrativa sancionatoria por actos de corrupción”.
Según expresó la entidad de vigilancia, en sus revisiones pudo constatar que el 10 de mayo de 2023 quedó ejecutoriada la sentencia condenatoria contra el señor Andrés Jaramillo López, expresidente de Conalvías, por el delito de interés indebido en celebración de contratos, confirmó la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Además, trajo a colación los hechos objeto de condena penal, sobre “la entrega a servidores públicos de 450 millones de pesos y 150 millones de pesos (…) como dádiva o regalo una vez adjudicó y firmó el contrato 078 a la Unión Temporal Vías Patria Ingeniería, conformado por Conalvías”.
El fallo de condena en primera instancia fue proferido por el Juzgado 2° Penal del Circuito de Bogotá, el pasado 23 de julio de 2021.
La SuperSociedades explicó que, con base en los hechos mencionados, “resulta procedente que la Superintendencia de inicio a la actuación administrativa que puede acarrear las sanciones previstas en el artículo 4° de la mencionada Ley, de verificarse a cabalidad la responsabilidad administrativa de la persona jurídica”, anotó la entidad de vigilancia.
Por combatir la corrupción
Sobre el caso, Billy Escobar Pérez, superintendente de sociedades, manifestó que, “de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 2195 de 2022 se amplían los supuestos mediante los cuales una persona jurídica puede ser sancionada administrativamente por contar con administradores o funcionarios condenados penalmente o con principios de oportunidad en firme por delitos contra la administración pública, el medio ambiente, el orden económico o la financiación de actividades de iliciticas, procurando la prevención y el combate de actos de corrupción”.
Así las cosas, para la Superintendencia de Sociedades “es imperativo generar conciencia nacional con enfoque preventivo sobre todas aquellas conductas contrarias a la transparencia y probidad en el desarrollo del objeto social de las personas jurídicas y la incidencia de su actividad en el sector público”.
El retrovisor
Desde 2015, la Superintendencia de Sociedades había anunciado la admisión de Conalvías, para que iniciara su proceso de reorganización. La solicitud fue hecha por la misma empresa que, en su petición, argumentó una incapacidad de pago inminente.
Además, en su momento, agregaron que tenían obligaciones con el sector financiero, que estaban a punto de vencerse, por montos que representaban el 10 % de las deudas totales que tenían para entonces. Por supuesto, dijeron no contar con los recursos suficientes para atender oportunamente dichos pagos.
También alegó obligaciones vencidas con proveedores, también por montos exorbitantes. En la solicitud del acuerdo de reorganización, la constructora habló de una fusión con otras compañías del mismo grupo: Conalvías Equipos, Fincon e Inversiones Conalvías.
Para julio del 2016 registraron utilidades. Pero en 2019 se conoció que entraba en liquidación.