Una de las modalidades de estafa más recurrentes en el país son las “pirámides” o las captaciones ilegales de dinero, esquemas que han sido ampliamente divulgados en Colombia, pero en el cual las personas aún caen.

Esta vez, la Superintendencia Financiera anunció que dos personas naturales y una sociedad estaban detrás de un supuesto “fondo de inversión” bajo la promesa de reconocer “rentabilidades” fijas y sin prever a cambio la entrega de bienes o servicios.

“La Superintendencia Financiera de Colombia ordenó a la sociedad Real Business S. A. S. y a los señores Andryun Raúl Ríos Gómez y María Camila Morales Gaviria, la suspensión inmediata de las operaciones de captación o recaudo no autorizado de dineros del público”, detalló la autoridad en la Resolución No. 0926 de 2021 expedida en los últimos días.

Estas personas, a través de la sociedad, habrían ofertado inversiones en un Fondo de Inversión Colectiva con rentabilidades fijas del 6 % y 9 % mensual en un plazo de 12 meses sin explicación financiera razonable.

En la resolución, la Superintendencia pidió a estas personas la devolución inmediata de los recursos captados, pues hasta la fecha se tiene comprobado que están obligados con por lo menos 3.236 personas por una cifra de $9.877.678.180 de pesos. Así mismo, la sociedad Real Business S. A. S., representada legalmente por Morales Gaviria, se encuentra obligada con por lo menos 1.507 personas, en cuantía de $2.025.950.000 de pesos.

La orden también impide que que cualquiera de los sujetos de la medida pueda realizar en adelante operaciones de captación o recaudo no autorizado de dineros del público en forma masiva, usando cualquier modalidad, ya sea directamente o por medio de otras personas naturales o jurídicas.

“En consecuencia, además de asumir pasivos con más de 20 personas, se evidencia que Ríos Gómez, Morales Gaviria y la sociedad Real Business S. A. S. captaron de forma masiva y no autorizada recursos de terceros en cuantía que supera ampliamente el 50 % de su patrimonio líquido, mediante ofertas públicas a personas innominadas, sin que se contemple como contraprestación la entrega de un producto o un servicio, hechos que configuran los supuestos de captación masiva no autorizada de dineros del público”, se detalló.

Los Fondos de Inversión Colectiva (FIC) son uno de los mecanismos más fáciles e interesantes en materia de ahorro para las personas naturales. Permiten, con bajos montos, invertir en la bolsa, en un edificio de oficinas, en bonos de deuda del Gobierno o de empresas y hasta en cultivos agrícolas. Incluso, es posible invertir en todo al mismo tiempo.

El funcionamiento de los Fondos de Inversión Colectiva es bastante sencillo: reúnen el dinero de varias personas y, al alcanzar una suma grande, sus administradores, que son inversionistas profesionales, buscan las mejores opciones para hacerlo rendir.

Cuando alguien entra al fondo, lo que hace es comprar unidades y, para ver cómo va su inversión, puede consultar qué tanto se valoriza o desvaloriza la unidad. Como invierten en los mercados financieros, la rentabilidad no es garantizada: pueden registrar pérdidas, pero históricamente han mostrado ser mucho más rentables que un CDT o una cuenta de ahorros, dos de los mecanismos más usados por los colombianos a la hora de ahorrar.

Sobre el caso, la Superfinanciera destacó que tratándose de un FIC le corresponde a ella otorgar su autorización a partir de una solicitud de la sociedad vigilada; solo entonces y no antes, es decir, hasta tanto se concedan los permisos respectivos, la sociedad vigilada podrá poner en operación el Fondo de Inversión Colectiva autorizado. “Toda actividad que se desarrolle sin dicha autorización estatal no puede considerarse legal”, finalizó.