Arrendar una vivienda puede significar un dolor de cabeza para el dueño y el inquilino si las condiciones del negocio no son claras; allí, es necesario dejar por escrito todos los aspectos que pueden afectar la relación, por insignificantes que parezcan.
El pago de servicios, la cuota de administración, las remodelaciones, los tiempos para pagar el canon y el estado en el que se debe devolver el inmueble son algunos de los puntos claves que se acuerdan entre las partes y que, en ocasiones, se dan por hecho, pero no se plasman en un contrato, error que puede llevar a diferencias que pueden acaban por hacer enfrentar al inquilino y al dueño de la vivienda.
Teniendo claro este panorama, uno de los problemas más frecuentes está ligado al momento cuando el arrendatario entrega el bien a su dueño y este evidencia que hay un deterioro en su aspecto, especialmente en el estado de la pintura del inmueble, lo que lleva a reclamos de parte y parte sobre quién es el responsable de esta reparación.
Para apoyar y proteger los derechos de los dueños de los inmuebles, el Código Civil y la ley 820 de 2003, la cual fue diseñada para regular los contratos de arrendamiento, son claros en señalar algunas reglas sobre cómo los inquilinos están en la obligación de cuidar el inmueble mientras lo tenga bajo su custodia.
En ese sentido, el Código Civil señala:
- Conservar la integridad interior de las paredes, techos, pavimentos y cañerías, reponiendo las piedras, ladrillos y tejas que durante el arrendamiento se quiebren o se desencajen.
- Reponer los cristales quebrados en las ventanas, puertas y tabiques.
- Mantener en estado de servicio las puertas, ventanas y cerraduras.
Esta norma lo que deja claro es que el inquilino deberá velar por el buen uso del inmueble y por ende, deberá entregar la vivienda de la misma forma como la recibió, es decir, si las paredes estaban pintadas y en óptimas condiciones y el arrendatario abrió huecos para instalar cortinas o televisores, al momento de devolver el bien tendrá que arreglar las modificaciones hechas.
“El arrendatario es obligado a las reparaciones locativas. Se entienden por reparaciones locativas las que según la costumbre del país son de cargo de los arrendatarios, y en general las de aquellas especies de deterioro que ordinariamente se producen por culpa del arrendatario o de sus dependientes, como descalabros de paredes o cercas, albañales y acequias, rotura de cristales, etc.”, establece el artículo 1998 del Código Civil.
Pese a esto, sí hay ciertos arreglos que corren por cuenta del dueño del inmueble y estas están ligadas a los deterioros propios del tiempo de construida de la vivienda, la mala calidad de la edificación, defectos de construcción o eventos fortuitos o naturales. En este campo entran los daños que se puedan causar por humedades, grietas, hundimiento del terreno, daño por tiempo de uso de algunos electrodomésticos, entre otros.
Para evitar recurrir a molestos procesos y diferencias a la hora de recibir el inmueble, la recomendación de los especialistas es realizar un contrato inicial en el que todos estos aspectos queden claros y se estipulen las responsabilidades de cada una de las partes, lo cual terminará por evitar un malentendido y hasta un pleito que desgaste y consuma tiempo e importantes recursos económicos.
Estas son las regiones donde más se ha incrementado el precio del arriendo en Colombia
En países como Colombia, los altos precios en los arriendos se han generado por el incremento de la demanda sobre la oferta, por lo que ciudades como Barranquilla, Medellín, Bogotá y Cartagena han sentido este fenómeno.
Martín Monzón, CEO de Fincaraiz.com.co, aseveró que las regiones en las que más se incrementó el valor promedio del metro cuadrado en arriendo: Antioquia (10,66%), Caribe (9,80%), Bogotá (7,96%), Valle (5,24%) y Eje Cafetero (3,02%).
De igual forma, los últimos años se ha observado un aumento en los precios de los arriendos, especialmente en las ciudades principales como Barranquilla (7,8%), Medellín (7,5%) y Bogotá (7,3%), que son el top tres donde ha aumentado el precio de renta. Mientras que, para apartamentos, la ciudad que lidera los precios más altos es Cartagena, con un alza de 8,2%, seguida de Medellín y Bogotá.