El trabajo doméstico es aquel que se realiza en el hogar e implica labores de cocina, limpieza general, cuidado de menores de edad y personas mayores o con discapacidad, entre otras. La persona encargada de estas tareas puede trabajar a tiempo completo o parcial, así como también vivir interna o externamente de la residencia de trabajo.
De acuerdo con cifras del Ministerio del Trabajo colombiano, en el país hay en promedio 634.000 personas dedicadas a la labor doméstica, de estas, el 96 % son mujeres. Sin embargo, a comienzos de este año se dio a conocer el alza del SMMLV, en el que todos los colombianos se han visto beneficiados, incluidas las trabajadoras del hogar.
El aumento del 16 % para el salario mínimo de los colombianos, hace que el valor de este quede en 1.160.000 pesos, más el 20 % de aumento en el auxilio de transporte ($ 140.606), para un total de 1.300.606 pesos.
Teniendo en cuenta lo anterior, es importante destacar que para las trabajadoras domésticas que laboran por días, es decir, que no poseen un contrato, el salario diario no podrá ser menor a $38.666, sin incluir el auxilio de transporte diario que corresponde a $4.686, dado que el pago por un día de trabajo se encuentra entre los $50.000 y los $70.000, de acuerdo con la zona del país.
Así las cosas, el abogado Jimmy Jiménez Meneses, fundador del bufete Integrity Legal, explica algunos puntos a tener en cuenta, tanto si se es empleador como si se es trabajador/a del hogar.
Uno de ellos tiene que ver con el contrato de trabajo. Pata Jiménez, los empleadores que tengan a una persona en el servicio doméstico, deben formalizar la relación laboral bajo un contrato a término indefinido, en donde se les respeten tanto el pago y cumplimiento de todas las prerrogativas en seguridad social como el monto del salario, que en ningún caso debe ser menor al salario mínimo, el cual debe ser cancelado al igual que las prestaciones sociales, de manera proporcional al tiempo que labora la trabajadora doméstica.
Asimismo, indica que las garantías que tienen las trabajadoras domésticas son las mismas que las de una persona que tenga un contrato laboral a término fijo o indefinido, en donde se le deben respetar la prerrogativas laborales como primas, auxilio de cesantías, intereses de cesantías, vacaciones, auxilio de transporte, dotación para el cumplimiento de funciones y la correspondiente afiliación a la seguridad social.
Reforma laboral
De otro lado, vale mencionar que la Reforma Laboral que impulsa el actual Gobierno propone varios ajustes en esta materia. En entrevista con SEMANA, en febrero pasado, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, habló de la necesidad de incluir un componente de equidad de género que dignifique los oficios que hacen muchas mujeres.
“Estamos trabajando la igualdad salarial, redistribuir el cuidado, la formalización del trabajo doméstico y la prevención y sanción, acoso y violencia en el trabajo”, explicó sobre uno de los puntos clave de otra de las reformas bandera de Gustavo Petro.
“La Ley 2101 de 2021 ordenó la reducción progresiva de la jornada de trabajo semanal de 48 a 42 horas. El límite de ocho horas diarias fue eliminado, una situación que ha generado preocupación en los organismos internacionales, como la OIT, que le han pedido al Gobierno corregir esta situación. La reforma está diseñada para respetar los límites de la jornada máxima diaria y responder a los estándares internacionales”, agrega la ministra.
Sumado a la propuesta de “que vuelva a iniciar a las 6 de la tarde y que los dominicales y festivos vuelvan a remunerarse al ciento por ciento y no al 75 %, como es hoy”. Sobre convertir el sábado en día hábil, dijo que “el presidente Gustavo Petro lo anunció, pero por supuesto las jornadas laborales implican un tema que aún se está estudiando en la mesa de concertación para llegar al mejor acuerdo posible”.