Ciertamente, las reformas del Gobierno de Gustavo Petro han dado de qué hablar. Esta semana ha tomado protagonismo el borrador de la reforma pensional liderado por la Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, que cuenta con cuatro ejes principales:
- Pilar solidario: se refiere a la entrega de 223.000 pesos para quienes no tienen pensión, una mensualidad que en la actualidad es de 80.000 pesos con el programa Colombia Mayor.
- Pilar semicontributivo: dirigido a los mayores de 65 años que, teniendo algo de ahorro pensional, no pudieron cumplir con los requisitos para jubilarse.
- Pilar contributivo: se centra en quienes actualmente están cotizando al sistema y que deberán hacerlo a Colpensiones si ganan hasta tres salarios mínimos y a la Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesantías (AFP) el excedente si devengan por encima de ese valor.
Sin embargo, una de las preguntas que genera este proyecto que de ser aprobado tendrá modificaciones en el actual contexto pensional es, ¿qué pasará con quienes tengan más de mil semanas cotizadas?
Básicamente, no se verán afectados por la reforma por lo que seguirán rigiéndose por la Ley 100, es decir, que el régimen de transición se refiere a los llamados derechos adquiridos, los cuales son protegidos por la Corte Constitucional, y cobijan a las personas que ya tienen una expectativa cierta de su pensión, lo que hace que, por ende, no se les puedan cambiar las condiciones.
Aquellos que tengan 1.000 semanas cotizadas, igual a 19,2 años de trabajo o aportes, que en dado caso, no se quieran trasladar a Colpensiones, independiente de su salario, se podrán quedar en los fondos privados y jubilarse bajo las condiciones de la Ley 100. Esto porque la reforma busca que todos los cotizantes que ganen hasta tres salarios mínimos se pasen a Colpensiones y los que devenguen más de esa suma coticen el excedente en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Asimismo, en el artículo 77 del proyecto señala que las personas que sean beneficiarias del régimen de transición “que tenga más de 1.000 semanas cotizadas o tiempos de servicios, y que les falten menos de diez años para tener la edad de pensión, tendrán dos (2) años para trasladarse de régimen respecto de la normatividad anterior, previa la doble asesoría de qué trata la Ley 1748 de 2014 a partir de vigilancia de esta ley”.
Cabe mencionar que el borrador también especifica que serán beneficiarios quienes registren menos de 1.000 semanas cotizadas y tengan 65 años de edad, una vez, hayan contribuido al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entre 150 y menos de 1.000 semanas “que sean elegibles para el Pilar Solidario”.
Los efectos de esta reforma
Aunque se cambió la idea inicial de obligar a todos los trabajadores de hasta cuatro salarios mínimos a cotizar a Colpensiones por tres salarios mínimos, la propuesta sigue siendo complicada para las AFP, pues implicaría el traslado de la mayoría de sus 18,6 millones de afiliados.
Se teme que esto aumente la carga pensional en hombros del Estado, pero recientemente Ricardo Bonilla, presidente de Findeter y asesor económico de la campaña de Gustavo Petro, desestimó esas preocupaciones al asegurar que tener más afiliados a Colpensiones no sube el impacto fiscal.
Otra preocupación derivada de la salida masiva de afiliados de las AFP hacia Colpensiones es que, al no recibir sus cotizaciones mensuales, estas ya no tendrían suficiente dinero para invertir en los mercados de valores, en los que dichas entidades son actores fundamentales. No solo son claves en la compra y venta de acciones, sino uno de los principales financiadores del Gobierno al ser compradores de deuda pública.