Actualmente, todas las personas en Colombia que tienen un empleo formal cuentan con varias herramientas para proteger su estabilidad financiera y evitar que enfrenten una crisis económica en caso de que se queden sin trabajo o puedan proyectar un ahorro de cara al futuro. En este caso, existen rubros como las primas, los aportes a salud y pensión y, por último, pero no menos importante, las cesantías.

Estas últimas son un tipo de ahorro que los empleados tienen en caso de pérdida de su empleo. Con este seguro, el trabajador no queda desprotegido temporalmente al quedar cesante y es vista también como una forma de ahorro que es aportado por el empleador o empresario, del que disfrutará el empleado una vez termine su vinculación laboral. Esta prestación social está debidamente reglamentada en la legislación nacional y toda empresa que incumpla con esto se puede meter en grandes líos.

Las cesantías son un tipo de ahorro que los empleados tienen en caso de pérdida de su empleo. Con este seguro, el trabajador no queda desprotegido temporalmente al quedar cesante. | Foto: iStock

El problema frente a este beneficio es que generalmente se desconocen qué son, cómo operan y cuáles son las formas más recomendables de usarlas para optimizar sus beneficios y evitar que se malogren. Asimismo, en ocasiones no se tiene conocimiento ni siquiera de cuáles son los fondos en los que se deposita este dinero, que si bien no se pierde, sí pasa inadvertido en caso de una urgencia.

En ese sentido, lo primero que hay que decir es que este ahorro se guarda en un fondo de cesantías, donde estará hasta que el usuario tome la decisión de retirar el dinero. Actualmente, hay cinco fondos en los que se puede ahorrar. Estos son Colfondos, Porvenir, Protección, Skandia y el Fondo Nacional del Ahorro. El empleado será quien decida cuál escogerá, sin intermediaciones o presiones por parte de sus jefes.

Actualmente, hay cinco fondos en los que se puede ahorrar. Estos son Colfondos, Porvenir, Protección, Skandia y el Fondo Nacional del Ahorro.

¿Cómo saber en cuál están sus cesantías?

Al igual que pasa con los fondos de pensiones, actualmente la gente interesada puede consultar por medio del Sistema Integral de Información de la Protección Social y el Registro Único de Afiliados y para ello basta con seguir estos pasos:

1. Ingresar a la plataforma habilitada por el Sistema Integral de Información de la Protección Social y el Registro Único de Afiliados (RUAF) en ruaf.sispro.gov.co

2. Ir a la pestaña ‘Reporte detallado’ y hacer clic en ‘Afiliaciones de la persona en el sistema’.

3. Aceptar los términos de uso y pulsa ‘Enviar’.

4. Introducir el tipo y número de documento, así como su fecha de expedición.

5. El sistema mostrará las distintas afiliaciones de cada persona en el sistema de protección social, entre ellas, la de sus cesantías.

Ojo que las cesantías no son de libre uso

A la hora de hablar de cesantías, hay que dejar claro que el trabajador no recibe este dinero directamente, ya que la normativa establece que es un dinero que se guarda hasta que se quede sin trabajo o se necesite para mejoramiento o compra de vivienda, o para estudiar. En estos dos últimos casos, deberá acreditar dicha finalidad ante al respectivo fondo que haya acreditado ante la empresa en la que trabaja.

A la hora de hablar de cesantías hay que dejar claro que el trabajador no recibe este dinero directamente. | Foto: Stephan Zabel

Ahora bien, pese a que los empleados no pueden cobrar sus cesantías libremente cada año, las empresas sí están en la obligación de cancelar un interés sobre las utilidades acumuladas por este concepto durante el año. Estas se conocen como intereses de las cesantías y son uno de los primeros pagos, además del salario mensual, que normalmente se recibe cada comienzo de año.

Estos corresponden al 12 % anual sobre los saldos que tenga a su favor el colaborador, por concepto de cesantías al 31 de diciembre de cada año o en las fechas de retiro definitivo del trabajador o de liquidación parcial de cesantías. Estos intereses deben pagarse antes del 31 de enero de cada año. Es decir, los intereses de cesantías del 2022 deben ser cancelados antes de esta fecha del 2023.

Pese a que los empleados no pueden cobrar sus cesantías libremente cada año, las empresas sí están en la obligación de cancelar un interés sobre las utilidades acumuladas por este concepto durante el año. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Entre las falsas creencias que existen hoy en día entre las personas, está que estos dineros desaparecen cuando el trabajador fallece. No es así. En caso de configurarse este escenario, las cesantías pueden ser solicitadas por su cónyuge, hijos o personas dependientes, debidamente acreditadas, y se les entregará el monto exacto del ahorro que tenía la persona antes de fallecer.

Las cesantías también se pueden utilizar para pagar deudas en el Icetex, aportar al Fondo Nacional del Ahorro, adquirir seguros para educación y completar estudios superiores, sin importar si es en programas profesionales o técnicos, simplemente deben aportar al desarrollo humano de cada persona.