Con el fin de aumentar los ingresos de la Nación para solventar las cuentas fiscales, el Ministerio de Hacienda pretende incrementar los impuestos de los ciudadanos y empresas que más recursos tienen.

Para lograr lo anterior, el Gobierno pretende crear el denominado “Impuesto temporal y solidario a los ingresos altos”, el cual aplicaría a partir de julio de este año e iría hasta diciembre del 2021.

Este impuesto aplicará para las personas naturales que tengan ingresos mensuales de salarios o prestaciones de servicios superiores a los $ 10 millones. El nuevo tributo acoge tanto a los empleados públicos como a los del sector privado.

El tributo también aplica para los pensionados, tanto del régimen público como privado, y para quienes reciban rentas o rendimientos financieros que superen los $ 10 millones al mes.

“El contribuyente podrá tomar el valor del impuesto temporal y solidario a los ingresos altos como descuento en el impuesto sobre la renta en la declaración del año gravable 2021 y de los periodos gravables siguientes, hasta descontar el 100 % del valor pagado. El descuento para el año gravable 2021 puede ser hasta del 50 % del valor del impuesto temporal y solidario a los ingresos altos”, dice el articulado.

La tarifa del impuesto temporal y solidario a los ingresos altos será del 10 % sobre la base gravable, esto quiere decir que, si tiene una pensión de $ 11 millones, cada mes desde julio a diciembre se le descontarán $ 1,1 millones correspondientes a este tributo. De igual manera, a quienes tengan un sueldo de $ 10 millones, se les descontará mensualmente $ 1 millón por el impuesto.

Impuesto solidario a la riqueza

Otro impuesto que el Gobierno pretende crear es el denominado “Impuesto temporal y solidario a la riqueza” el cual aplicaría durante 2022 y 2023.

Este tributo aplica para personas naturales y jurídicas que al 1 de enero de 2022 tengan o posean una riqueza superior a las 134.000 unidades de valor tributario (UVT), que son más de $4.860 millones.

“La base gravable del impuesto temporal y solidario a la riqueza es el valor del patrimonio bruto de las personas naturales, sucesiones ilíquidas y sociedades o entidades extranjeras poseído a 1 de enero de 2022 y 2023, menos las deudas a cargo de los mismos vigentes en esas mismas fechas”, dice el proyecto de ley.

Impuesto riqueza | Foto: Ministerio de Hacienda

Las tarifas de este impuesto varían dependiendo de la base gravable tanto de las personas naturales como jurídicas. Para los que la base gravable oscile entre las 134.000 UVT y 402.000 UVT (entre $4.860 millones y $14.595 millones) la tarifa marginal será del 1 % del patrimonio por año, mientras que para los que superen las 402.000 UVT la tarifa aumentará al 2 %.

“La obligación legal del impuesto temporal y solidario a la riqueza se causa el 1 de enero de 2022 y el 1 de enero de 2023”, aclara la reforma fiscal.

Impuesto de normalización

Como complemento al impuesto a la riqueza, el Gobierno también pretende crear para el 2022 el impuesto de normalización tributaria como un impuesto complementario al impuesto sobre la renta, y al impuesto temporal y solidario a la riqueza, el cual estará a cargo de los contribuyentes del impuesto sobre la renta o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta, que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes.

“El impuesto complementario de normalización tributaria se causa por la posesión de activos omitidos o pasivos inexistentes a 1 de enero del año 2022”, dice el texto.

La tarifa del impuesto complementario de normalización tributaria será del 17 %.