Una nueva puerta se le cierra al empresario Felipe Rocha. Luego de que intentara conciliar con la justicia, ahora hay también una decisión por parte de la Superintendencia de Sociedades, como entidad que ejerce las competencias administrativas referentes a la intervención por captación ilegal de dinero del público, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 4334 de 2008.
Según las normas establecidas en el país, la SuperSociedades tiene la facultad de autorizar planes de desmonte de estructuras de captación de recursos, con el compromiso de devolver la plata a los afectados. El punto es que las reglas de juego señalan que esa posibilidad se da cuando el captador no ha sido intervenido judicialmente.
En ese sentido, la entidad informó que el 15 de mayo de 2023, Felipe Miguel Rocha Medina, ya conocido en el país por el caso renombrado de la ‘pirámide ganadera VIP’, manifestó a la entidad de vigilancia que quería presentar un “plan de desmonte voluntario”.
La SuperSociedades, en el ejercicio de sus funciones, le expuso al solicitante lo que dice la ley: que la persona facultada para presentar dicho plan, puede ser autorizado, si los requisitos se cumplen. Básicamente, todo está estipulado en el Decreto 1074 de 2015, que se refiere a la aprobación del 75 % de los afectados, la publicidad de la negociación y el otorgamiento de los mismos derechos a todos los beneficiarios.
Requerimientos presentados, pero nada...
La SuperSociedades refiere que hizo los debidos requerimientos al solicitante del plan de devolución de dineros captados ilegalmente, y Rocha Medina, efectivamente, lo hizo. No obstante, el lleno de los requisitos es lo que cuenta.
De acuerdo con lo expresado por la Superintendencia, ante las primeras anotaciones, Rocha le solicitó a la entidad de vigilancia un plazo adicional para remitir nuevamente a los beneficiarios el nuevo texto del plan de desmonte voluntario, con el objeto de obtener el 75 % de aprobación.
Pasaron las semanas en medio de revisiones y análisis, luego de los cuales la SuperSociedades mostró los resultados de la valoración de los documentos y solicitudes hechas por Rocha.
Es así como, a través de Resolución 2023-01-655945, emitida el 17 de agosto de 2023, la entidad decidió “no autorizar el plan de desmonte voluntario, por no cumplir con los requisitos legales”.
A suspender la captación ilegal
Pero, además, la Superintendencia confirmó que notificó el 22 de agosto al señor Rocha, y le ordenó a él y a la sociedad agropecuaria Achury Viejo y CIA S. en C. la suspensión inmediata de las actividades de captación no autorizada de dineros del público.
La orden, que fue impartida a través de la Dirección de Intervención Judicial de la Superintendencia, busca puntualmente “que se adopten las demás medidas dispuestas en el artículo 7 del Decreto Ley 4334 de 2008, como puede ser la intervención en toma de posesión de los bienes, haberes y negocios para devolver las sumas de dinero a los afectados o cualquier otra medida que se estime pertinente con dicho fin”, señala la entidad de vigilancia.
Billy Escobar Pérez, superintendente de Sociedades, señaló: “Le recordamos a la ciudadanía tener precaución a la hora de invertir sus recursos, a consultar la realidad del negocio y si las personas que lo ofrecen cuentan con los permisos para ejercer esa actividad financiera, así como en los eventos o supuestas inversiones en los que se adviertan ofrecimientos que brinden altos rendimientos o ganancias sin explicación financiera razonable”.