La demanda que ganó Telefónica en contra de Colombia por 380 millones de dólares y que generó una fuerte reacción por parte del presidente Gustavo Petro, quien a raíz de esto pidió renegociar artículos de los Tratados de Libre Comercio (TLC) del país con Europa y Estados Unidos, tiene un nuevo capítulo.
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) solicitó ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), instancia en la cual se desarrolló el caso, la anulación y ejecución del laudo en el que decidió a favor de Telefónica.
El argumento de la Andje es que el fallo del Ciadi es diametralmente opuesto a un caso igual, en el que América Móvil (dueña de Claro) demandó a Colombia por los mismos hechos y medidas del Estado.
Este proceso arrancó en febrero de 2018, cuando Telefónica S.A. inició un procedimiento de arbitraje internacional en contra de la República de Colombia ante el Ciadi. En él, reclamaba por los daños ocasionados a raíz de una serie de medidas del Estado que afectaron sus inversiones en su empresa afiliada Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. (Coltel), en donde la multinacional española tiene una participación mayoritaria. El otro socio es el Estado colombiano, que tiene 32,5 % de Coltel.
“La disputa surgió de la aplicación por parte de Colombia de diversas medidas para obtener la reversión de activos relacionados con el negocio de telecomunicaciones de Telefónica en el país. Como consecuencia de dichas medidas, Telefónica se vio forzada a pagar al Estado la cantidad de 379,8 millones de dólares en 2017. Telefónica argumentó que las medidas que llevaron a dicho pago fueron implementadas en violación del APPRI. Para resolver la disputa, se constituyó un tribunal arbitral internacional compuesto por un panel de tres miembros”, señala la comunicación de la multinacional.
El APPRI al que se refieren es el Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones que existe entre Colombia y países europeos, como España.
Por la misma situación, América Móvil (Claro) también demandó en tribunales internacionales a Colombia por haber violado las obligaciones del Tratado de Libre Comercio con México y del derecho internacional al expropiar sin compensación el derecho de propiedad de Comcel sobre los activos afectados al contrato de concesión. Sin embargo, en mayo de 2021, el Ciadi se pronunció a favor del Estado colombiano en la demanda en la que Claro pedía 1.286 millones de dólares.
Por el contrario, tres años después, el 12 de noviembre de 2024, el mismo tribunal internacional emitió un laudo en el que decidió a favor de Telefónica S.A.
En el laudo, el tribunal concluyó que Colombia violó la obligación de brindar un trato justo y equitativo a Telefónica bajo el APPRI, y le ordenó al Estado reembolsarle a Telefónica los mismos 379,8 millones de dólares que la compañía había pagado en 2017.
La comparación del fallo de Telefónica con el de Claro es lo que lleva a la Andje a hacer su pedido de nulidad. “Tras una revisión detallada del laudo, la Agencia ha llegado a la conclusión de que este debe ser anulado de conformidad con el artículo 52 del Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados (Convenio Ciadi). Lo anterior, en tanto el tribunal se extralimitó manifiestamente en sus facultades, quebrantó de manera grave normas fundamentales de procedimiento y no expresó en el laudo los motivos en los que se fundan sus decisiones, especialmente, sobre responsabilidad y daños”, sostiene un comunicado emitido por la entidad.
Agrega, además, que el tribunal internacional ignoró el derecho aplicable a la controversia y actuó en contravención del derecho internacional, al decidir como una corte de apelación sobre asuntos de derecho colombiano decididos por la Corte Constitucional y pronunciarse sobre una controversia meramente contractual ya resuelta en un arbitraje en la Cámara de Comercio de Bogotá.
La Agencia también argumenta que el tribunal omitió por completo pronunciarse sobre múltiples defensas fundamentales del Estado en relación con la ausencia de expectativas legítimas de Telefónica, “las cuales son contrarias a los principios fundamentales de irretroactividad de la ley y pacta sunt servanda”.
Junto con la petición de anulación, la Andje solicitó la suspensión automática de la ejecución del laudo hasta que se constituya un comité ad hoc del Ciadi que decida sobre el tema.