Con nueve votos en contra y cuatro a favor, la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes negó este miércoles un proyecto de ley que buscaba otorgar garantías y aumentar la protección de los contratistas públicos que estén bajo la figura de prestación de servicios.

La iniciativa, impulsada por el representante del Partido Verde Mauricio Toro, establecía un régimen de transición para la protección de los contratistas vinculados bajo la modalidad contractual de prestación de servicios en el sector público.

Si bien el articulado del proyecto fue aprobado con siete votos a favor y seis en contra por los congresistas, al momento de votar el título y la pregunta de la iniciativa, esta fue rechazada por los legisladores, por lo que el proyecto quedó archivado.

Una de las principales modificaciones que planteaba el proyecto es que los contratos de prestación de servicios debían incluir una cláusula de por lo menos el 10 % del valor del contrato a favor del contratista.

“Todo contrato de prestación de servicios que se encuentre dentro de los criterios de aplicación de la presente ley deberá incluir una cláusula penal en favor del contratista, de por lo menos un 10% del valor total del contrato, y será exigible cuando el contratante incumpla las disposiciones contractuales o vulnere los derechos reconocidos en la presente ley. En caso de que exista cláusula penal en favor del contratante, ésta no podrá ser superior a la cláusula en beneficio del contratista”, dice la norma.

También buscaba que los contratantes no pudieran dar por terminado de forma anticipada los contratos de prestación de servicios del sector público que se encuentran en situación de debilidad manifiesta por su estado de salud, y a las contratistas en estado de embarazo o en el periodo equivalente a la licencia de maternidad.

Otro de los artículos estipulaba que los trabajadores por prestación de servicios deberían tener acceso a las cajas de compensación familiar.

“Los contratistas de prestación de servicios tendrán derecho a que los contratantes los afilien a un plan de caja de compensación que ofrezca como mínimo acceso a beneficios en educación, capacitación, turismo y acceso a espacios de recreación, deporte y turismo. Este plan deberá tener una cobertura familiar en las mismas condiciones que se ofrecen para los planes ordinarios”, dice el artículo 16 del proyecto.

Además, la norma también estipulaba que las cajas de compensación ofrecieran servicios de subsidio de vivienda, créditos, subsidios monetarios, descuentos en el plan complementario de salud y otros beneficios que deberían ser adquiridos directamente por los contratistas de prestación de servicios.

También se buscaba que el Fondo Nacional de Ahorro creara una línea especial de créditos y ahorro programado para educación y vivienda centrada en las personas que se encuentren vinculadas por prestación de servicios.

“Cuando un contratista de prestación de servicios con dedicación absoluta haya cumplido un año de servicios continuos o discontinuos a una misma entidad, tendrá derecho a que se le consigne en el Fondo Nacional del Ahorro una prima de ahorro equivalente al 25% del valor de los honorarios devengados por un mes en el promedio de los últimos seis meses”, dice el texto.

En cuanto al descanso de los trabajadores, el proyecto pretendía que el disfrute del descanso necesario quedara incluido y estipulado por el contratante dentro de la vigencia del término del contrato de prestación de servicios suscrito, sin perjudicar el servicio prestado al contratante ni la efectividad del descanso del contratista.

De otro lado, la normativa estipulaba que todas las entidades del Estado deberían definir topes máximos para la contratación por prestación de servicios, la cual debe guardar coherencia con su nómina de trabajadores so pena de sanciones administrativas, penales y disciplinarias por uso indebido de los recursos públicos.

Los congresistas rechazaron la propuesta aludiendo que con esta iniciativa no se solucionaba el problema del mercado laboral que hay en Colombia y diciendo también que los contratos por prestación de servicios han servido para reducir los gastos del Estado.