El Gobierno nacional anunció este martes, 24 de diciembre, por decreto, el aumento del salario mínimo para 2025. El valor que recibirá un amplio porcentaje de los trabajadores en Colombia quedó establecido en $ 1.623.500 con el auxilio de transporte incluido, tras un aumento del 9.54 %.
En la discusión, en la que participaron inicialmente representantes del Gobierno nacional, el empresariado y las centrales obreras, se expusieron las diferentes propuestas con las cuales contaba cada actor de las negociaciones y los impactos que generarían las mismas en los principales aspectos macroeconómicos del país.
De acuerdo con el último reporte del Ministerio del Trabajo, 2,6 millones de colombianos reciben como pago por sus servicios el salario mínimo. Sin embargo, la cartera indica que las modificaciones que se realizan al valor que reciben las personas tendría efectos sobre más de 10 millones de personas.
Por la otra orilla, 10,3 millones de personas en el país que laboran reciben como pago por sus labores realizadas menos de un salario mínimo. Por esta razón, las entidades que vigilan las condiciones laborales de la nación buscan cerrar la brecha salarial que se presenta actualmente.
Con la revelación del aumento del salario mínimo se podrán calcular las políticas económicas que regirán en el país para 2025. Los empleadores del país deberán aplicar los aumentos que dictamina la ley, los cuales regirán desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre del año entrante.
Las cifras que reporta el Ministerio del Trabajo también señalan que la mayoría de personas que reciben como pago el salario mínimo residen en las grandes ciudades del país; en cambio, los que reciben una cifra inferior estarían ubicados en áreas rurales de la nación.
¿Cómo es el proceso de aumento del salario para las personas que ganan más de un salario mínimo?
Lo primero que se debe señalar es que en el país se presenta una diferencia notable entre aquellos que reciben el salario mínimo y aquellos que ganan más.
Para el primer caso, el aumento es efectivo a partir del 1º de enero del año siguiente; para el segundo grupo, es necesario esperar a que se anuncien los datos de inflación total del año en curso para calcular su incremento salarial o que las empresas decidan si harán y en qué porcentaje los aumentos.
Junto a esto, la Constitución Política de Colombia especifica y cita en su artículo 53: “Todos los salarios en el país deben ajustarse para asegurar un nivel mínimo de vida digna para los trabajadores y prevenir el deterioro de su calidad de vida a medida que aumenta la inflación y otros indicadores”.
Adicionalmente, el salario mínimo rige el aumento de diferentes aspectos del país que irán siendo revelados por las instituciones del país.