La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) suscribieron un acuerdo de cooperación interinstitucional de entrega de información tributaria que permitirá a este último contar con más y mejores insumos para cumplir con los objetivos y funciones de la producción de estadísticas oficiales.
Esto significa que Colombia se convierte en uno de los primeros países del mundo en lograr un convenio de este tipo entre la autoridad tributaria y la autoridad estadística. En el marco del trabajo articulado de las dos entidades, que ha permitido robustecer los datos de comercio exterior, desde 2019 la DIAN y el DANE iniciaron agendas exploratorias para fortalecer el intercambio de información específica y durante 2021 se llevaron a cabo 17 reuniones técnicas con fines estadísticos.
Así, el DANE podrá complementar, contrastar o enriquecer algunas de las variables que recaba a través de operaciones estadísticas, como las encuestas económicas, las cuentas nacionales (PIB nacional y departamental, Indicador de Seguimiento a la Economía (ISE) o Cuentas Nacionales Trimestrales por Sector Institucional (CNTSI)) y las cuentas satélites. Además, los registros administrativos de la DIAN le permiten al DANE robustecer los indicadores de demografía empresarial y el concepto de población de referencia a partir de la disponibilidad de fuentes secundarias.
De esta forma, el país acoge los requerimientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) relativos al proyecto de distribución del ingreso disponible de los hogares y da cumplimiento a los compromisos establecidos en el documento Conpes 3956 de 2019 “Política de Formalización Empresarial”, con relación a la elaboración del Índice Multidimensionalidad de Formalidad.
La información que será objeto de entrega y trasferencia por parte de la DIAN al DANE es aquella registrada en las declaraciones presentadas por los ciudadanos a la DIAN y de ninguna manera corresponde al recaudo de impuesto por parte de la Nación. El director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, indicó que “la información objeto de este acuerdo será utilizada exclusivamente por el DANE y no podrá ser compartida con las demás entidades que forman parte del Sistema Estadístico Nacional (SEN) ni con terceros”.
Por su parte, el director general del DANE, Juan Daniel Oviedo, precisó que el acuerdo contribuirá al fortalecimiento y modernización de la producción de estadísticas oficiales en el país, de mejor calidad y precisión a partir del uso de los registros de naturaleza tributaria y su integración con otros registros, censos y encuestas. Además, este acuerdo será importante para incrementar la cobertura del directorio estadístico y poder complementar, hacer contrastes de calidad a la información que reportan los hogares y empresas en términos de producción, ventas e ingresos.
“Con esta información, el beneficiario directo es el DANE, pero también tenemos unos beneficiarios derivados que son todos los usuarios de nuestros microdatos debidamente anonimizados. La encuesta de hogares va a salir enriquecida con la información tributaria y debidamente anonimizada para que los expertos académicos puedan acceder a desarrollar estudios con la fuente del DANE, con mucha precisión y consistencia”, agregó el director general de la entidad.
El DANE deberá guardar confidencialidad respecto del tratamiento de los datos personales y adoptar, entre otras, medidas de naturaleza técnica, humana o administrativa que sean necesarias para otorgar seguridad a la información entregada por la DIAN, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
La información objeto del acuerdo está contenida en el Registro Único Tributario (RUT), la Declaración de Precios de Transferencia (2017, 2018 y 2019), la Declaración de Renta y Complementario o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas y Personas Naturales y Asimiladas no Residentes y Sucesiones Liquidas de Causantes no Residentes (2017, 2018 y 2019) y la Declaración de Renta y Complementario de Personas Naturales y Asimiladas de Residentes y Sucesiones Ilíquidas de Causantes Residentes (2017, 2018 y 2019).
Además de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas IVA (2017, 2018 y 2019), la Declaración Impuesto Nacional al Consumo (2017, 2018 y 2019), la Declaración de Retención en la Fuente (2018 y 2019), la Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros (2017, 2018 y 2019), la Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM (2017, 2018 y 2019), y el Impuesto Nacional al Carbono (2017, 2018, 2019 y 2020).