La quiebra y los problemas económicos son dos escenarios posibles para casi cualquier empresa en el mundo. Estos se dan cuando las empresas empiezan a encontrar factores que no les permiten operar con normalidad, uno de los más comunes son las deudas elevadas.
Es importante aclarar que el crédito algunas veces es la alternativa clave para que las compañías puedan apalancarse y generar rentabilidad, pues muy pocas cuentan con gran capital o con inversionistas con bolsillos anchos. Por ello, algunas de las compañías que entran en proceso de insolvencia, lo hacen luego de evidenciar que sus deudas son impagables.
La insolvencia es la incapacidad que tiene una persona o una empresa para pagar a tiempo sus obligaciones económicas o sus deudas. En Colombia, esta herramienta está fijada bajo la Ley 1116 del 2006, que es el mecanismo bajo el cual una empresa o persona endeudada puede renegociar sus deudas.
La ley cuenta con varios beneficios, entre los que se encuentran la oportunidad de organizar el pago de deudas mediante un acuerdo. Es decir, que el deudor negocie y se comprometa al cumplimiento de su deuda en plazos y valores establecidos.
Dicha norma estaría a punto de cambiar con una nueva iniciativa que se presentaría en el Congreso de la República y que adelanta la Superintendencia de Sociedades junto con el Ministerio de Comercio.
El superintendente de Sociedades, Billy Escobar, aseguró a Portafolio que en Colombia hay una necesidad de revisar el sistema legal frente a las opciones que tienen las empresas para salvarse. Además de construir un mecanismo equilibrado para que los pequeños acreedores salgan bien librados en estos procesos.
Es decir, lo que busca la SuperSociedades con la reforma a esta ley sería aumentar una mayor protección a los usuarios y ciudadanos que resultan afectados con el proceso de insolvencia. Se espera que el proyecto se pueda presentar mucho antes de que inicie un nuevo periodo legislativo el próximo 20 de julio.
Los beneficiados actualmente con la reforma serían los pequeños empresarios que tengan algún tipo de participación en el negocio y que puedan quedar desprotegidos con la legislación actual, ante una quiebra o una crisis.
El Decreto de la SuperSociedades que beneficia a accionistas minoritarios
En línea con la idea de mejorar las condiciones de los pequeños empresarios, la SuperSociedades estuvo al frente de un nuevo Decreto expedido el pasado 31 de enero del 2025 por el Gobierno Nacional y en el que se reglamentó una nueva protección para proteger a los accionistas minoritarios.
“Esta actualización está orientada a dotar de transparencia las actuaciones de los administradores, así como a establecer parámetros claros para su cumplimiento, en beneficio de los accionistas minoritarios, que en la práctica pueden resultar afectados por las conductas desleales de los administradores”, dice el documento.
Esta decisión además constituye una herramienta para facilitar el gobierno corporativo, en interés de la sociedad, teniendo en cuenta los intereses de sus asociados.
Dicha alternativa establece las definiciones de los conceptos de conflicto de intereses y competencia con la sociedad, el procedimiento a seguir para revelarlos y que sean autorizados por los accionistas, además de un régimen de fortalecimiento de la gestión de las empresas.
“El cambio que trae el Decreto es el robustecimiento de los deberes de los administradores frente a los accionistas minoritarios, con miras a contar con empresas más responsables y transparentes, fortaleciendo su gobierno corporativo. Desde la SuperSociedades celebramos estas mejoras a la regulación societaria y anunciamos el inicio de una muy importante agenda de pedagogía y divulgación de estas normas, liderada por la Delegatura de Supervisión Societaria”, comentó Escobar a través de un comunicado.