Persisten las preocupaciones entre las empresas de servicios públicos del país, tras las disposiciones regulatorias que tendrá el presidente Gustavo Petro y que están señaladas en un proyecto de decreto que será presentado al Congreso de la República, y que también están consignadas en el articulado del Plan Nacional de Desarrollo (PND).
Los cinco principales gremios que agrupan a las empresas de servicios públicos dieron a conocer al jefe de Estado sus observaciones frente a la propuesta de decreto “por el cual se resumen algunas de las funciones presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”, y que fue publicado el pasado 6 de febrero por el Departamento Administrativo de la Presidencia.
En la misiva, se indica que las medidas de regulación que se contemplan en el proyecto borrador requieren de soporte jurídico y técnico, especialmente para brindar garantías a las inversiones acometidas y que están en curso en el sector de los servicios públicos. También consideran que, si bien el Mandatario nacional puede asumir funciones de esta naturaleza, no todas son delegadas a este, esto según lo dispuesto en el artículo 367 de la Constitución Nacional y el artículo 23 de la Ley 143 de 1994. Al igual que lo expresado en las sentencias G-066/1997; G-044/1998 y G-150/2003, referente a la naturaleza jurídica de las Comisiones de Regulación (GREG, CRA, CRC y CRES).
“Ha de reconocerse que no todas las funciones de las comisiones de regulación son funciones delegadas del Presidente, pues tales instituciones, en su rol de unidades administrativas independientes, ejercen funciones que sin duda alguna les han sido asignadas directamente por el legislador y que, por tanto, en ningún caso podrían ser asumidas o ejercidas por el Presidente de la República”, se lee en el escrito.
Así mismo, llaman la atención respecto a que la prestación de los servicios públicos parte del régimen de libre competencia e iniciativa privada, y que en el marco de la cual el régimen tarifario debe orientarse, entre otros, por criterios de eficiencia económica, solidaridad y redistribución, así como de suficiencia financiera, “criterios que han sido definidos por el legislador en las Leyes 142 y 143 de 1994 y que deberán ser observados por la autoridad encargada de fijar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios”.
“Claro es que el Gobierno señala en su proyecto de norma que las Comisiones continuaran expidiendo los actos administrativos de carácter particular, lo cual nos habilita para interpretar que el Gobierno pretende reasumir las funciones que habilitan la expedición de actos administrativos de carácter general y abstracto, esto es, las metodologías tarifarias, frente a lo que consideramos que, en todo caso, deben asegurarse las seriales de inversión para que el sector de servicios públicos contribuya a los objetivos del Gobierno Nacional enmarcados en el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia potencia mundial de la vida 2022- 2026″, expresan.
Por consiguiente, manifiestan los gremios que “el Gobierno nacional no solo debe considerar y revelar las razones no jurídicas que ameritan reasumir las funciones de las Comisiones de Regulación, sino también, ponderar que la modificación de una metodología presenta pasos y requisitos que se deben cumplir según las leyes que los contienen y estas disposiciones no se pueden reasumir para modificarlas sin excluir el tránsito legislativo”.
Finaliza la misiva, firmada por los directivos de Andesco, Acolgen, Andeg, Asocodis y Ser Colombia, a que “se haga un alto en el camino” frente al trámite del proyecto borrador y que se abra un espacio de diálogo con el sector, para que se logre “un marco de confianza, respeto a la institucionalidad y aseguramiento del suministro de los servicios públicos”.