Más de un mes después desde que el Gobierno radicara la reforma tributaria en el Congreso de la República, el pasado 20 de julio, por fin está lista la ponencia para que se dé inicio a los debates del proyecto en el legislativo.
El pasado lunes en la tarde los ponentes del proyecto y el Ministerio de Hacienda avanzaron en la construcción de la ponencia, teniendo en cuenta las más de 300 proposiciones que se le hicieron al proyecto.
Luego de la radicación de la ponencia para el primer debate del proyecto se conoció el articulado del mismo en el cual llama la atención un artículo que no toca temas tributarios, pero sí de sustancias psicoactivas.
Los legisladores incluyeron en el proyecto un artículo mediante el cual se establece que en el examen de alcoholemia efectuado a conductores se verifique la presencia, no solo de alcohol, sino de cualquier otro tipo de sustancia que afecte directamente la capacidad psicomotriz en el organismo.
En caso tal de que se verifique la presencia de sustancias psicoactivas, se impondrá la sanción “más gravosa” establecida en el artículo 152 de la ley 769 de 2002, es decir el Código de Tránsito, que contempla la suspensión de la licencia de conducción y una multa de 720 salarios mínimos diarios legales vigentes, si es la primera vez.
En caso tal de que sea la segunda vez que se encuentra al conductor en esa condición, se le cancelará la licencia de conducción y se le impondrá una multa de 1.080 salarios mínimos diarios legales vigentes. Si es la tercera vez que se encuentra en este estado, la norma establece una multa de 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes.
“Si realizado el examen que trata el artículo 150 de la Ley 769 de 2020, se identifica que el individuo se encuentra bajo la presencia de drogas, o sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas, y el resultado positivo tiene una relación directa con la alteración de la capacidad psicomotriz en el organismo, la sanción corresponderá a las establecidas para el tercer grado de embriaguez determinadas en el artículo 152 de la ley 769 de 2002”, dice el artículo 60 del proyecto.
“En el evento en que el examen de embriaguez arroje un resultado positivo, podrán realizarse pruebas adicionales para determinar la presencia de drogas o sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas. En caso de resultar ambas pruebas positivas, la sanción corresponderá a las establecidas para el tercer grado de embriaguez determinadas en el artículo 152 de la ley 769 de 2002”, agrega la propuesta.
Otros cambios del proyecto
Según el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, los 56 artículos que tiene ahora la iniciativa van en pro del desarrollo del país.
“Es un proyecto de ley de 56 artículos que incorpora temas nuevos en línea con los asuntos centrales de la propuesta previamente radicada: nuevas rentas derivadas de la facilitación del pago de impuestos nacionales y territoriales. También, facilitar la movilización de activos previamente incautados a la mafia y que hoy están en manos de la SAE”, dijo el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo.
Dentro de las principales modificaciones en relación con el proyecto original se encuentra la eliminación del artículo que disminuía desde el 5 % hasta el 0 % la retención en la fuente de las inversiones en portafolio hechas por los extranjeros. Algunos senadores catalogaron esta propuesta como “mico”, razón por la cual se mantuvo la tasa del 5 %.
De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, la reactivación económica también se fortaleció, con la inclusión de medidas como nuevos créditos directos de Findeter a entidades territoriales y manteniendo los créditos con tasas compensadas de esta entidad, de Bancoldex y otras entidades financieras del Estado. Así mismo, se mejoró el mecanismo de obras por impuestos para que llegue a más zonas vulnerables del país y se apoyará a los empresarios afectados por los bloqueos y cierres durante los meses del paro.
En un principio, se espera que la reforma logre recaudar alrededor de $15,2 billones y que sea aprobada lo más pronto posible, pues en su contenido está la ampliación de programas sociales como el Ingreso Solidario y el Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef).
Las otras modificaciones tienen que ver con la ampliación de los tres días sin IVA, incluyendo las compras en efectivo, así como la posibilidad de que el Pef pueda ser ampliado hasta diciembre de 2022, sujeto al desempeño de los indicadores económicos, desempleo y disponibilidad presupuestal. De igual forma, se podría extender el incentivo de creación de empleo juvenil dependiendo su desempeño y disponibilidad de recursos.
Pese a que una gran parte del Congreso está de acuerdo con la propuesta, hay sectores que se han mostrado en contra de la iniciativa e incluso ya se convocaron movilizaciones sociales para el 26 de agosto con el fin de tumbar el proyecto, tal y como sucedió con la reforma tributaria propuesta por Alberto Carrasquilla en abril pasado.
A diferencia del proyecto de Carrasquilla, esta nueva iniciativa no amplía la base de tributación, por lo que las personas que no pagan impuestos no deberán ser responsables de tributos nuevos.
Sin embargo, analistas de mercado, las calificadoras de riesgo y el mismo Gobierno han aceptado que el nuevo gobierno que llegue al poder en 2022 deberá hacer otra reforma tributaria para poder estabilizar las cuentas del país.
¿Cuándo iniciarán los debates?
Ya con la ponencia lista para el primer debate, ahora ‘el balón’ pasa a los legisladores quienes serán los que deberán anunciar el proyecto de ley para que inicie su debate en el Congreso de la República.
“Vamos a tener ponencia de primer debate y yo aspiro que se anuncie lo más pronto posible para que podamos dar el primer debate en el Congreso de la República. Dependemos de cuándo se anuncie el primer debate, yo aspiro que se anuncie esta semana, pero no sabemos cuándo lo anuncie el presidente de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes”, dijo el ministro Restrepo.
Es de mencionar que el proyecto tiene mensaje de urgencia, por lo que requerirá de tres debates para convertirse en ley de la República: uno en las comisiones económicas conjuntas del Senado y la Cámara de Representantes, otro en la Plenaria del Senado y otro en la Plenaria de la Cámara.