El Plan Nacional de Desarrollo (PND), hoja de ruta del actual Gobierno, se alista para su trámite en el Congreso de la República y que comenzará a partir de la próxima semana, cuando se instalen las sesiones extraordinarias convocadas por el presidente Gustavo Petro.

SEMANA tuvo acceso al contenido del proyecto de Ley que plasmas los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal en el mediano plazo, y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental. Al igual que el del Plan de Inversiones Públicas, que contiene los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de interés nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución y fuentes de financiación.

Dentro de los aspectos que componen el borrador se destaca el relacionado con el manejo que le dará el actual Gobierno a los subsidios que entrega a las familias de escasos recursos del país y son administrados a través de los programas Familias en Acción, Jóvenes en Acción, Colombia Mayor, y que están a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social-DPS.

En el documento borrador se indica, en el artículo 46, que se creará el “Sistema de Transferencias” en el que estarán consignadas las políticas, programas, planes, proyectos y actores, orientados a la entrega de los apoyos económicos que dirige el Gobierno a la población en situación de pobreza y vulnerable, derivada de situaciones adversas provocadas por la materialización de riesgos sociales, de riesgos económicos, o por desastres naturales.

El programa Familias en Acción, es uno de los programas a cargo de Prosperidad Social y que con el borrador del Plan Nacional de Desarrollo, haría parte del Sistema de Transferencias que planea crear el actual Gobierno. | Foto: Cortesía Alcaldía de Cali

Este “Sistema de Transferencias” consta de dos modalidades: transferencia monetaria y transferencia en especie. En el caso de la primera, consiste en el dinero que se giran por ciclos, con base en los programas antes mencionados y que tienen por la finalidad de aportar a la superación de la pobreza y promover la movilidad social.

Mientras que el segundo, corresponde a los recursos en especie para garantizar el derecho humano a la alimentación de la población en situación de pobreza y pobreza extrema, con enfoque de derechos, y con participación de las economías popular y comunitarias, y la agricultura campesina, familiar y comunitaria.

Borrador del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Petro. | Foto: Planeación Nacional.

“El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social tendrá la facultad de diseñar, definir, regular, ejecutar, realizar seguimiento y evaluación a los programas del sistema, así como reglamentar su operación, funcionamiento, criterios de ingreso, permanencia y salida, así como la concurrencia que pueda existir con los diferentes programas que administra el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de acuerdo con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, los objetivos en términos de superación de pobreza, los lineamientos del Gobierno nacional y los que determine la Mesa de Equidad”, se lee en el borrador de proyecto de Ley del PND.

Dentro de este componente y según lo indica el borrador del PND, el presidente Gustavo Petro tendrá facultades para expedir decretos con fuerza de ley, con el fin de modificar los programas de Familias y Jóvenes en Acción e incorporarlos al Sistema de Transferencias. | Foto: Juan Carlos Sierra

Así mismo, se indica que el Sistema de Transferencias contará con un acompañamiento que promueva el fortalecimiento de capacidades y el acceso prioritario y preferente a la oferta social del Estado, de conformidad con las necesidades de los participantes de los programas en los términos que defina el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

“El Gobierno nacional proveerá anualmente los recursos para atender los costos de los programas del Sistema de Transferencias, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo”, señala.

Se expresa además que el presidente de la República tendrá facultades, por el término de seis (6) meses -contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley- para expedir decretos con fuerza de ley, con el fin de modificar los programas de Familias y Jóvenes en Acción e incorporarlos al Sistema de Transferencias de que trata el artículo 46. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política.

El borrador del Plan Nacional de Desarrollo, que está conformado por 240 artículos propuestos, esboza los tres ejes temáticos: el ordenamiento del agua; la transformación productiva, y la sostenibilidad para la equidad y la inclusión.