En noviembre del año pasado, el gobierno de Gustavo Petro anunció la presentación de un proyecto de ley ante el Congreso de la República para modificar algunos porcentajes del impuesto predial. Este impuesto es el que recae sobre la propiedad inmueble y que se genera por la existencia de un predio.

Con el proyecto de ley, la actual administración ajustaría varios porcentajes para que ciertas propiedades tengan que pagar más en este tributo, tras un rezago por falta de su actualización.

Tras su discusión en el Congreso de la República, el Gobierno nacional, a través del ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, presentó en la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes el ajuste del proyecto de Ley 292 de 2023. Dicha presentación fue hecha en colaboración con el Ministerio de Agricultura.

La reforma al impuesto predial es un tema que podría afectar a la mayoría de los colombianos. | Foto: El País

Cambiarán los cambios en los topes del impuesto predial

Es importante tener en cuenta que la reforma al impuesto predial podría afectar a la mayoría de los colombianos, pues también impacta directamente el recaudo de los gobiernos locales. Uno de los ajustes que propone la modificación al proyecto es el cambio en los porcentajes del impuesto.

Hasta ahora, el cobro se realiza dependiendo del avalúo catastral, por lo que quienes tienen propiedades más caras deben pagar más dinero en ese tributo.

Lo bueno de la modificación que se propone sería que contemplaría una baja los porcentajes, por lo que el golpe tributario para el bolsillo de los contribuyentes no sería tan alto como se esperaba.

Así quedarían los porcentajes

  • Para los terrenos o inmuebles cuyo avalúo catastral sea menor o igual a los 135 salarios mínimos mensuales (175,5 millones de pesos) el aumento sería del 50 %.
  • Para terrenos o inmuebles que tengan avalúos catastrales entre 135 salarios y 250 salarios (entre 175,5 millones y 325 millones de pesos), el incremento sería del 75 %.
  • Para terrenos con avalúos catastrales entre 250 y 350 salarios (entre 325 millones de pesos y 422 millones de pesos), el aumento sería del 100 %.
  • Para terrenos con avalúos catastrales entre 350 salarios y 500 salarios (entre 422 millones y 650 millones de pesos) el aumento sería del 150 %.
  • Por último, el monto para propiedades con avalúo por encima de los 500 salarios (650 millones de pesos), el aumento será del 200 %.
Para los terrenos o inmuebles cuyo avalúo catastral sea menor o igual a los 135 salarios mínimos mensuales (175,5 millones de pesos) el aumento sería del 50 %. | Foto: El País - Semana

Actualización catastral

La propuesta, de acuerdo con Portafolio, contemplaría también la creación de incentivos para que se promueva la cultura de la actualización catastral.

Es decir, se definirían nuevas tarifas diferenciales del impuesto predial dentro de diferentes rangos, que regirían de la siguiente manera:

  • Para las propiedades urbanas de estratos 1, 2 y 3, así como las propiedades que cuesten menos de 175,5 millones de pesos (135 salarios), se aplicará un rango de tarifas entre el 1 % y el 10 %.
La propuesta contemplaría la creación de incentivos para que se promueva la cultura de la actualización catastral. | Foto: Getty Images

Si va a pagar el impuesto, tenga en cuenta

La Secretaría de Hacienda de Bogotá ha alertado a los contribuyentes del impuesto predial sobre el plazo, 10 de mayo, para cumplir esta obligación de una forma más cómoda, acogiéndose al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC).

El distrito ha diseñado este programa para que los capitalinos puedan realizar el pago en cuatro cuotas mensuales y sin intereses a lo largo de lo que queda del año.

Desde la Secretaría de Hacienda, les han recordado a los interesados que es necesario realizar la diligencia en la Oficina Virtual, en donde el contribuyente tendrá que realizar la declaración en la que manifiesta acogerse.

Las cuatro fechas definidas por el distrito para realizar este pago fueron fijadas cada dos meses para comenzar en junio y terminar en diciembre del presente año. Así quedan los pagos.

  • Pago de cuota 1: 7 de junio
  • Pago de cuota 2: 9 de agosto
  • Pago de cuota 3: 4 de octubre
  • Pago de cuota 4: 6 de diciembre