Preocupados, así están los gremios y suscriptores de plataformas digitales del entretenimiento como Netflix, porque en el proyecto de reforma tributaria fue incluido que las plataformas digitales que operan en Colombia paguen más impuestos.
“Tributación por presencia económica significativa en Colombia. Se encuentran sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa en Colombia sobre los ingresos provenientes de la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional”, manifiesta el texto del proyecto de reforma tributaria.
El resultado para muchos es que si a las compañías dedicadas a ofrecer estos servicios vía streaming se les aplicará otro impuesto, los precios de suscripción aumentarían. Incluso Alianza In, uno de los gremios que representa a estas compañías en el país, ha hecho una alerta sobre la situación, manifestado que el impacto sería para todo tipo de plataformas, incluyendo las de transmisión de contenidos audiovisuales y de movilidad.
La reforma tributaria plantea que para la prestación de servicios digitales desde el exterior se encuentran sujetos al impuesto sobre la renta, las personas que presten cualquiera de los siguientes servicios:
- Los servicios de publicidad online.
- Los servicios de contenidos digitales, sean online o descargables, incluyendo las aplicaciones móviles, libros electrónicos, música y películas.
- Los servicios de transmisión libre, incluyendo programas de televisión, películas, streaming, música, transmisión multimedia, podcasts y cualquier forma de contenido digital.
- Cualquier forma de monetización de información y/o datos de usuarios ubicados en el territorio nacional y que han sido generados por la actividad de dichos usuarios en mercados digitales.
- Los servicios online de plataformas de intermediación.
- Las suscripciones digitales a medios audiovisuales incluyendo, entre otras, noticias, magacines, periódicos, música, video, juegos de cualquier tipo.
- La gerencia, administración o manejo de datos electrónicos incluyendo el almacenamiento web, almacenamiento de datos en línea, servicios de intercambio de archivos o de almacenamiento en la nube.
- Los servicios o el licenciamiento de motores de búsqueda online, estandarizados o automatizados, incluyendo software personalizado.
- Los servicios de educación online.
- El suministro de enseñanza o entrenamiento a distancia.
- El suministro de derecho de uso o explotación de intangibles.
- Otros servicios electrónicos o digitales con destino a usuarios ubicados en el territorio nacional.
- Cualquier otro servicio prestado a través de un mercado digital con destino a usuarios ubicados en el territorio nacional.
Lo que se resume a que las compañías deben tener una interacción sistemática en el territorio nacional, en la que debe contar con al menos 300.000 clientes o usuarios y, además, cuando se visualice o permita pago en pesos.
José Daniel López, director ejecutivo de Alianza In, dijo que las plataformas digitales generan ingresos para 100.000 familias en Colombia, y que actualmente pagan el impuesto del IVA, por ende son legales, y que como empresarios no se llevan la riqueza del trabajo fuera del país.
En cuanto a las plataformas digitales dedicadas a brindar servicios de movilidad, en días anteriores en los que el presidente Gustavo Petro se reunió con los gremios de los taxistas se habló del tema, en el que incluso manifestaron que la aplicación del impuesto abre la puerta a que el país avance con la regulación de la operación de empresas de movilidad como Uber, DiDi, entre otras, en Colombia.
En su momento, el presidente de la República, Gustavo Petro, dijo que no está de acuerdo con que las ganancias de dichas empresas dedicadas al streaming salgan del país, así estas sean obtenidas en el territorio nacional.