Finalmente, el gobierno y los integrantes del Congreso de la República concluyeron la tarea de revisar y ajustar el texto de la conciliación de la reforma tributaria, el cual será llevado en la próxima semana a una sesión legislativa para que quede definitivamente aprobado y pueda pasar así al escritorio del presidente Gustavo Petro, para obtener su firma antes de convertirse en ley.
Entre artículos eliminados, pequeños ajustes y grandes cambios, no fueron pocos los artículos que se sometieron a conciliación, trámite en el cual, participaron: Juan Diego Echavarría y Clara López, por el Senado, y Jorge Bastidas y Álvaro Monedero, por la Cámara. 17 artículos en total fueron tocados por alguna razón.
En la conciliación se ratifica que, en relación con el ítem 15, que se refiere a los impuestos a iglesias y otras asociaciones sin ánimo de lucro, la decisión fue acoger el contenido tal como lo aprobó el Senado, es decir, quedó eliminado de la reforma.
Los artículos 3, 4, 10, 11, 14, 19, 40, 43, 45 también tuvieron que pasar por la lupa minuciosa, pues la norma indica que debe haber unidad entre lo aprobado en el Senado y lo avalado en Cámara. En otras palabras, no puede existir una sola coma de más ni de menos.
En el caso del artículo 3, que se refiere al impuesto a los dividendos, mientras que el Senado propuso un gravamen del 20 %, la Cámara aprobó un 15 %, que fue el que finalmente quedó en la conciliación.
Se destaca también la diferencia que hubo entre las dos cámaras de la célula legislativa, en relación con el impuesto a las personas jurídicas (empresas). En el Senado aprobaron una tarifa general del 35 %, mientras que en Cámara le dieron luz verde a una tarifa diferencial, para reducirles la carga a las Mipynes. Lo aprobado en Senado se impuso.
Una tributaria de 96 artículos
El texto de la conciliación que será votado en la próxima semana en el Legislativo consta de 176 páginas, de las cuales, 93 páginas hacen parte de los artículos conciliados. En el paquete de propuestas tributarias abordadas en el proceso de conciliación también figuran los artículos: 48, 65, 66, 74, 75, 86, 88 y 97.
De esa manera, la reforma tributaria queda con 96 artículos, varios de los cuales tienen largos y variados parágrafos que contienen medidas de hondo calado. También hay artículos nuevos que no fueron debatidos en las comisiones terceras conjuntas, que son las que se encargan de estudiar y evaluar primero los temas económicos.
Se destaca que, si bien tradicionalmente se habla del peso que tiene el Senado, que votó primero el proyecto de ley en plenarias, para posicionar lo que aprueban allí, sobre lo que decide la Cámara, ahora fueron acogidos muchos de los textos que avalaron los representantes a la Cámara.
En la reforma tributaria que quedó finalmente en el texto de conciliación, hay medidas que parecen intrascendentes, pero que tienen su impacto. Es el caso de la medida anotada en el artículo 65 del documento definitivo, que tiene relación con los efectos legales que se producirán cuando declaración de renta es presentada, pero no se hace el pago total. El valor a pagar que estipulaba el Senado era de 10 UVT, mientras que la Cámara se fue por 50 UVT. Finalmente, fue acogido el texto del Senado.
Ojo con las vigencias y derogatorias
En un solo artículo, el último, que se refiere a las vigencias y derogatorias, los contadores pondrán el ojo y se tardarán en digerir lo que allí está incluido. Se trata de un largo listado que quita artículos del Estatuto Tributario o aclara puntos, como es el caso de la entrada en vigencia de los llamados impuestos saludables, que recaerán sobre alimentos y bebidas ultraprocesadas (entrarán en vigencia a partir del 1º de noviembre del próximo año).