Malestar y polémica generó en redes sociales un recordatorio hecho por Coljuegos en el que advertía que los llamados giveaways, que son sorteos que se llevan a cabo por medios digitales, deben tener permiso de la entidad para poder desarrollarse.
Algunas de las críticas que recibió la entidad son que estaba siendo muy intervencionista y que la medida iba en contra de los emprendedores, los cuales tienen sus e-commerce y realizan este tipo de sorteos de manera constante.
En entrevista con SEMANA, el vicepresidente comercial de Coljuegos, Jhon Jairo Altamiranda, explicó los alcances de los permisos de la entidad y aclaró quiénes son los que deben pedir la autorización.
“Hemos visto desde Coljuegos que en los últimos meses ha habido un auge en internet y redes sociales de estos sorteos conocidos como giveaways y lo único que lo diferencia de un juego promocional es el nombre”, dijo Altamiranda.
Hay que decir que la regulación de los juegos promocionales data de veinte años atrás, pues está incluida en la Ley 643 de 2001, la cual establece que los organizadores de estos juegos promocionales deben pagar a Coljuegos 14 % sobre el valor total del plan de premios para poder tener el derecho de explotación.
“Estos recursos se recaudan y se destinan a la salud pública de todos los colombianos. De ese 14 % de los derechos de explotación, 1 % son los gastos de administración de Coljuegos”, explicó el funcionario.
Esto quiere decir que si alguien hace un juego promocional cuyo pozo de premios asciende a $ 1 millón, deberá pagarle a Coljuegos $ 140.000 de derechos de explotación y $ 14.000 de gastos de administración.
¿Qué son los juegos promocionales?
“La Ley define los juegos promocionales como herramientas que utilizan personas naturales y jurídicas que desean ejecutar campañas promocionales en las cuales se busca dar a conocer un producto, servicio, fidelización y en estas actividades el cliente no debe pagar para acceder al juego cuyo ganador se determina por la suerte o el azar”, dijo Altamiranda.
Así, si en un concurso de redes sociales se escoge al ganador por medio de una balota, o un número ganador, el organizador de este concurso deberá contar previamente con la autorización de Coljuegos y hacer el trámite correspondiente pagando 14 % del valor del pozo a entregar.
Ahora bien, la norma no aplica para los concursos en los que no está incluida la suerte y el azar. Esto significa que si hay un concurso en redes en el que gana la foto que tenga más likes, no se necesita el permiso de Coljuegos y no habrá que hacer ningún tipo de pago.
“La norma abarca solo a los juegos en los cuales el ganador se selecciones por suerte y azar. Hay incentivos comerciales, por ejemplo, de pague dos y lleve tres, el comentario con más likes, o un concurso donde un jurado determina a una foto ganadora, todo eso no entra en la norma”, explicó el vicepresidente comercial de Coljuegos.
Las declaraciones del funcionario aclaran un poco la polémica generada en redes por la aplicación de la norma, la cual está siendo adaptada para cubrir lo que sucede en las redes sociales.
“Tenemos una gerencia de control a los procesos ilegales que constantemente hace esa labor de inteligencia y monitoreo en internet y redes sociales para identificar qué actividades se están llevando a cabo sin la autorización de Coljuegos”, dijo Altamiranda.
En el caso tal de incurrir en este tipo de juegos promocionales sin los permisos necesarios, las sanciones económicas ascienden hasta los cien salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivalen a más de $ 90 millones. También se pueden implementar sanciones como la inhabilidad para operar y realizar nuevas actividades y juegos promocionales por cinco años.
De acuerdo con datos de Coljuegos, en 2019 la entidad recaudó $ 4.627 millones por juegos promocionales, en 2020 el monto fue de $ 3.300 millones y en 2021, con corte a septiembre, el recaudo asciende a $ 2.800 millones. Se espera que a fin de año el recaudo sea de $ 4.700 millones.