Tan pronto como se conoció en el país que el Partido de la U se abría de la coalición de gobierno del presidente Gustavo Petro, surgió la primera reacción.
Mientras en el Congreso de la República están a la espera de la ponencia positiva que presentará el grupo de parlamentarios que siguen siendo parte de la coalición de Gobierno, el Partido de la U se les adelantó y radicó una propuesta alternativa.
El documento contiene varios puntos coincidentes con el proyecto oficial, pero también incluye ajustes de hondo calado que, seguramente, aliviarían la carga que los empresarios están viendo venir con el articulado oficial.
Víctor Manuel Salcedo, representante a la Cámara, ponente de la reforma e integrante del Partido de la U, dijo en SEMANA que, pese a haber participado en diez reuniones para construir el texto, fueron sorprendidos con la decisión de que el lunes se radicaría la ponencia, lo que no les pareció correcto, pues ellos no habían formado parte del proceso que implica tener ya el documento a la mano.
Alargan jornada diurna
Dentro de las propuestas modificatorias que hace el Partido de la U se destaca la que mueve el horario de lo que se considera trabajo nocturno.
Así las cosas, dice el documento: “Trabajo diurno es el que se realiza en el período comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las ocho horas (8:00 p. m.)”.
Por consiguiente, trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las ocho horas (8:00 p. m.) y las seis horas del día siguiente (6:00 a. m.).
En este segmento, la ponencia laboral alternativa incluye un parágrafo que señala que: “Cuando la tasa de informalidad laboral se encuentre por debajo del 45 % y el desempleo por debajo del 9 % certificados por el Dane para el 30 de noviembre del respectivo año, la jornada laboral nocturna del año siguiente empezará a partir de las 07:01 p. m.”.
Además, el documento expone que “si las respectivas tasas de desempleo e informalidad laboral reflejan un incremento por encima de los niveles anteriormente enunciados para el 30 de noviembre del respectivo año, certificados por el Dane, la jornada nocturna del año siguiente empezará a regir a partir de las 08:01 p. m.”.
De las plataformas
La propuesta alternativa también se refiere a las plataformas. Alrededor de ellas, plantea que “las aplicaciones tecnológicas de reparto protejan a sus afiliados asumiendo el costo de seguridad social en pensiones, riesgos laborales y salud. Esta es una alternativa que consideramos equilibrada y que protege la fuente de empleo de miles de personas. Imponerles las obligaciones de un contrato de trabajo puede significar altos costos que impulsen a que se empiecen a reducir los empleos, como ya lo advirtió el Banco de la República”.
Recargos nocturnos
La ponencia alternativa “propone un reconocimiento de un mayor valor de recargos dominicales a los trabajadores al ser incrementado al 85 %. Sin embargo, mitiga los costos e impactos de perdida de empleo que advierte el Banco de la República”, explicó Salcedo.
Contrato de prestación de servicio
La alternativa que pone sobre el tapete el Partido de la U es de modernización del contrato de trabajo. “Planteamos posibilidades de que el empleador pueda ir consignando las cesantías mensualmente y no tenga que afectar su flujo de liquidez cada año. Así mismo, planteamos la posibilidad de que trabajadores y empleadores puedan pactar recibir su prima mensualmente. Algunos trabajadores y empleadores les conviene abrirse a este tipo de posibilidades. Ahora bien, si prefieren seguir percibiendo la prima en junio y diciembre así pueden pactarlo”, sostuvo.
Trabajo de menores de 17 años
En el articulado de la ponencia alternativa se incluye un ajuste relacionado con el trabajo de menores de 17 años. En el texto se señala que solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 p. m. Entre tanto, en el texto de la ponencia original que se destapó se proponen solo seis horas diarias, 30 a la semana y hasta las 6:00 p. m.
Huelga sí, pero...
En relación con la propuesta del derecho a la huelga que se incluye en la ponencia oficial de la reforma laboral, el Partido de la U se mostró en desacuerdo cuando se trata de servicios esenciales. En ese contexto, consideran que “desde el artículo 56 de la Constitución Política se advirtió que la huelga en los servicios públicos esenciales no está permitida porque sus efectos pueden traer desabastecimiento de alimentos, afectación del agua potable, afectación de los servicios de salud, entre otros. El interés general debe prevalecer sobre el particular”.