Como un gran “duty free” o tienda libre de impuestos para los extranjeros; así califican hoy en día los empresarios nacionales a Colombia, luego de analizar el manejo que actualmente se le da al cobro de impuestos para muchas firmas internacionales que pueden operar en el territorio nacional gracias al comercio electrónico. Situación que se complicó aún más desde la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos en 2012.
Y es que para montar empresa en Colombia y crecer se necesitan muchas habilidades para sortear flagelos como la inflación, los elevados impuestos (que cambian constantemente), las condiciones climáticas y hasta los paros o protestas que se organizan constantemente por parte de diversos sectores sociales. Adicional a esto, según algunos empresarios, también está la competencia desigual.
En entrevista con SEMANA, Camilo Andrés Rodríguez, presidente de la Cámara Colombiana de la Confección y Afines, explicó que actualmente hay ciertas palabras en la legislación vigente, que favorecen a gigantes extranjeros como Amazon, AliExpres o Ebay, los cuales están exentos de impuestos gracias al TLC con Estados Unidos, lo cual es una gran amenaza para la industria local.
“Hoy las empresas en Colombia libran una competencia desleal, especialmente con las plataformas de comercio electrónico, ya que prácticamente tenemos 365 días sin IVA (...) Por poner un ejemplo, cuando una persona compra una camiseta a través de Amazon, hoy en día no se le cobra impuestos si el valor final está por debajo de los 200 dólares, ni arancel, ni IVA”, dijo Rodríguez.
Ante esto, agregó que si bien con la nación norteamericana se negoció un tema de aranceles, esto nunca debió incluir los impuestos locales, ya que a las empresas locales sí le toca responder por estos tributos a la hora de importar los insumos y también cuando vende el producto final que fabricó, mientras que las plataformas internacionales están libres de este tipo de rentas.
Por otra parte, gremios como Fenalco señalan que esta situación resulta inequitativa con las empresas de industria y comercio (físico y electrónico) establecidas en el país que tienen que pagar estas obligaciones tributarias, y genera un desequilibrio que hará inviables sus modelos de negocio. Además de esto, señalan que no sería coherente que mientras se suben los impuestos a las personas naturales y a las empresas para cubrir las altas necesidades sociales, se mantengan exenciones a las plataformas de comercio electrónico transfronterizo.
“Si no se aprovecha la reforma tributaria para corregir este asunto, que tiene a las plataformas internacionales los 365 días sin IVA en Colombia; estaremos abocados en un futuro a reconocer el error, cuando la gran afectación al erario y la quiebra de empresas sea de proporciones gigantescas, dado que el comercio electrónico será cada vez más grande. El TLC no puede ser excusa para dar el beneficio de exención de IVA y Arancel a productos de todos los países”, dijo la Federación Nacional de Comerciantes mediante un comunicado.
¿Cómo se arregla esta problemática?
Una de las propuestas que surgió desde gremios como Fenalco o la Cámara Colombiana de la Confección y afines; es que se garantice el cumplimiento del requerimiento de origen para la fabricación de los productos, esto con el fin de evitar que sean tercerizados y terminen usando el TLC para evitar el pago de impuestos.
“Que las autoridades revisen que los productos que lleguen al país se fabriquen en Estados Unidos y que no sea que, por ejemplo, se fabricó en China u otro lado y entró a Colombia sin impuestos gracias a este tipo de plataformas de comercio electrónico”, dijo Camilo Rodríguez.
Este llamado al parecer fue atendido en el actual proyecto de reforma tributaria que cursa en el Congreso de la República, ya que en su artículo 66 establece cambiar la palabra “procedente” por “originario” en el literal j del artículo 428 del Estatuto Tributario, quedando de la siguiente forma:
“La importación de bienes objeto de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida cuyo valor no exceda de doscientos dólares USD$200 y sean originarios de países con los cuales Colombia haya suscrito un acuerdo o tratado de Libre Comercio, en virtud del cual, se obligue expresamente al no cobro de este impuesto”, dice el texto que busca la aprobación del Congreso.