Con la reforma tributaria que el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, radicó esta semana en el Congreso de la República no solo se pretende gravar las pensiones mayores a los $10 millones, sino también las devoluciones de los ahorros de los colombianos que no alcancen a pensionarse.

De acuerdo con el Artículo 2 del proyecto de ley, tendrán que pagar impuestos “las indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional”. Estos dineros entrarían como un ingreso adicional, por lo que se gravarían con impuesto de renta.

Se le conoce como Indemnización Sustitutiva al dinero que se le devuelve a una persona que ahorró en Colpensiones (fondo público) y no logró cumplir los requisitos para acceder a una pensión. Es decir, aquel cotizante que no logró 1.300 semanas (26 años), o llegar a la edad de 62 años para los hombres y 57 para las mujeres.

Por su parte, la devolución de saldos es el ahorro pensional que se le devuelve a los colombianos que estuvieron cotizando en un fondo privado (AFP) como Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia aplican cuando no se logró acumular el capital necesario para pensionarse al cumplir la edad de pensión o las 1.150 semanas de cotización.

¿Qué dice Asofondos?

De acuerdo con Daniel Wills, vicepresidente técnico y de estudios económicos de Asofondos, “no tiene ningún sentido que le cobren impuesto alguno, ni a las devoluciones de saldos, ni a las indemnizaciones sustitutivas, porque estamos hablando de gente que no le alcanzó ni para un salario mínimo (de pensión)”.

En el 2021, según datos de Asofondos, a 162.000 colombianos se les devolvieron sus ahorros porque no lograban pensionarse. En promedio, quienes cotizaron en Colpensiones recibieron $7,1 millones, mientras que los afiliados a alguna AFP recibieron, en promedio, $36,4 millones, la cifra es considerablemente mayor ya que en los fondos privados los ahorros generan intereses a lo largo de los años.

En el 2021, a 162.000 colombianos se les devolvieron sus ahorros porque no lograban pensionarse. | Foto: Getty Images

Pero la medida es confusa

Daniel Wills aseguró que lo redactado en el proyecto de ley de la reforma tributaria es demasiado confuso. “Da la impresión de que, en la práctica, estos montos terminarían no pagando impuesto”, dijo.

La confusión nace a raíz de este párrafo: “el valor exonerado del impuesto será el que resulte de multiplicar la suma equivalente a 1.790 UVT ($68 millones), calculados al momento de recibir la indemnización, por el número de docenas de meses a los cuales esta corresponda”.

Para lograr una pensión en Colombia los hombres deben tener 62 años y las mujeres 57 años. | Foto: Bani Gabriel Ortega

Para el vicepresidente técnico y de estudios económicos de Asofondos, en la práctica, este párrafo da a entender que nunca terminarían pagando impuestos las indemnizaciones sustitutivas o las devoluciones de saldos, porque si se logró la plata que pagaría impuestos es porque esa persona logró pensionarse.

Así mismo, advirtió que si se interpreta mal o se interpreta de una manera diferente, lo que dice este artículo se terminará cobrando un impuesto a una persona que recibe sus ahorros porque no le alcanzaron para lograr una pensión de 1 salario mínimo ($1 millón). “Son personas realmente vulnerables que tienen que hacer rendir sus ahorros por el resto de la vida porque ya no van a tener pensión”, dijo Daniel Wills.

Ajustes

Es común que en la ponencia del proyecto de ley de reforma tributaria, el gobierno tenga que hacer ajustes, sobre todo en temas de redacción. Por lo tanto, hay expectativa sobre el documento final que será elaborado luego de la discusión entre los representantes del Ejecutivo y el Legislativo. Este último será el documento base de discusión en el Congreso y, en caso de ser aprobado, la ley en el país.